Cámara de Comercio Estadounidense
Asociación de American Chambers of Commerce en América Latina
Sección Estadounidense del Consejo Empresarial Brasil-E.U.
Recomendaciones para el Grupo de Negociación sobre
Compras del Sector Público
Resumen ejecutivo:
La Cámara de Comercio Estadounidense, la Asociación de
Cámaras de Comercio Estadounidenses en América Latina (AACCLA) y la
Sección Estadounidense del Consejo Empresarial Brasil-E.U. acogemos esta
oportunidad de plantear nuestros puntos de vista sobre la emergente Área
de Libre Comercio de las Américas (ALCA). Apoyamos con vehemencia el libre
comercio en el hemisferio y hemos presentado con anterioridad nuestras
recomendaciones al Comité de Representantes Gubernamentales sobre la
Participación de la Sociedad Civil y a las siete reuniones anteriores del
Foro Empresarial de las Américas con nuestra perspectiva sobre la forma en
que debe enmarcarse el Acuerdo.
El ALCA debe eliminar las preferencias y requisitos
nacionales en las compras del sector público con limitadas excepciones (por
ejemplo, en sectores delicados y relacionados con la seguridad nacional),
puesto que dichas preferencias reducen la capacidad de los gobiernos de
utilizar de la manera más eficiente los recursos fiscales. Las
disposiciones del acuerdo también deben abordar cuestiones referentes a
transparencia, la apertura y el debido proceso en las compras del sector
público. El Acuerdo del ALCA debe incluir asimismo reglas que garanticen
el trato no discriminatorio para los proveedores de bienes y servicios de
cualquier país del ALCA que presenten sus ofertas para contratos de compra
del sector público en cualquier otro país miembro. Para cerrar, deseamos
resaltar la importancia de varias recomendaciones avaladas durante el
taller de negociación sobre compras del sector público en el VI Foro
Empresarial de las Américas en Buenos Aires, Argentina.
Cámara de Comercio Estadounidense
Asociación de Cámaras de Comercio Estadounidenses en
América Latina
Sección Estadounidense del Consejo Empresarial
Brasil-E.U.
Recomendaciones para el Grupo de Negociación sobre
Compras del Sector Público
La Cámara de Comercio Estadounidense, la Asociación de
Cámaras de Comercio Estadounidenses en América Latina (AACCLA) y la
Sección Estadounidense del Consejo Empresarial Brasil-E.U. acogemos esta
oportunidad de plantear nuestros puntos de vista sobre la emergente Área
de Libre Comercio de las Américas (ALCA). Apoyamos con vehemencia el libre
comercio en el hemisferio y hemos presentado con anterioridad nuestras
recomendaciones al Comité de Representantes Gubernamentales sobre la
Participación de la Sociedad Civil y a las siete reuniones anteriores del
Foro Empresarial de las Américas con nuestra perspectiva sobre la forma en
que debe enmarcarse el Acuerdo.
Específicamente, recomendamos que los gobiernos del
hemisferio acuerden, en la Reunión Ministerial del ALCA en Quito, tomar
acciones para construir cimientos fuertes para el Acuerdo final del ALCA,
entre ellas, apoyar las siguientes medidas:
-
El Acuerdo del ALCA debe incluir reglas que
garanticen el trato no discriminatorio para los proveedores de bienes y
servicios de cualquier país del ALCA que presenten sus ofertas para
contratos de compra del sector público en cualquier otro país miembro.
-
El Acuerdo del ALCA debe prohibir el uso de
compensaciones en la calificación de proveedores, la evaluación de
licitaciones y la adjudicación de contratos.
-
El Acuerdo del ALCA debe requerir que los
procedimientos de licitación sean transparentes, abiertos y competitivos.
Debe incluir también reglas claras y predecibles para seleccionar
distintos métodos de compra y la flexibilidad para que los compradores
del sector público aprovechen plenamente las comunicaciones electrónicas
y las tecnologías emergentes.
-
El Acuerdo del ALCA debe requerir notificación
pública previa de las oportunidades de abastecimiento al sector público
con información suficiente que permita a los proveedores evaluar su
interés en participar.
-
El Acuerdo del ALCA debe incluir reglas que limiten
los requisitos de calificación a factores esenciales para determinar la
capacidad del proveedor de cumplir con los términos del contrato.
-
El Acuerdo del ALCA debe incluir reglas que aseguren
que los documentos de licitación provean descripciones claras y
completas de las especificaciones y otros requisitos para el contrato,
así como los criterios que se utilizarán para evaluar las ofertas.
-
El Acuerdo del ALCA debe incluir reglas que aseguren
que los contratos se otorguen al proveedor cuya oferta cumpla mejor con
los requisitos establecidos en los documentos de la licitación. Los
contratos no deberán otorgarse a proveedores que no cumplan con los
requisitos esenciales en los documentos de la licitación.
-
El Acuerdo del ALCA debe requerir que los organismos
encargados de las compras del sector público informen oportunamente a
todos los proveedores que presentaron ofertas sobre la decisión de
adjudicar el contrato, y que dicha información se difunda en formato
electrónico o impreso ampliamente accesible para el público.
-
Los gobiernos del ALCA deben establecer
procedimientos oportunos y eficientes que permitan a los proveedores
cuestionar supuestas violaciones al capítulo del ALCA sobre compras del
sector público y contar con medidas temporales inmediatas para preservar
las oportunidades comerciales cubiertas por el contrato.
-
Quisiéramos expresar nuestro apoyo a las
recomendaciones de aumentar las medidas de transparencia requiriendo que
se publiquen leyes, reglamentaciones y decisiones judiciales y otras
medidas que rigen específicamente las compras del sector público como se
delinearon en el taller de negociación sobre compras del sector público
del VI Foro Empresarial de las Américas 2001. Nos gustaría también
ratificar la necesidad de criterios objetivos y de adjudicaciones
basadas en criterios previamente establecidos, la cual también fue
expuesta por el grupo de negociación en 2001. No obstante, pensamos que
hay medidas adicionales que se deberían considerar, entre ellas:
-
Notificación adecuada y oportuna de las
oportunidades de abastecimiento.
-
Reglas predecibles para el uso de licitaciones de
una sola fuente.
-
Estándares neutrales.
-
Apertura de licitaciones públicas.
-
Aviso a los oferentes de las decisiones sobre la
adjudicación de los contratos.
-
Procedimientos independientes de solución de
controversias e impugnación de licitaciones, incluyendo arbitraje.
-
Los países del ALCA deben publicar en Internet
información sobre compras del sector público que incluya:
especificaciones, licitaciones, criterios de evaluación, normas y
reglamentos. Los países del ALCA también deben establecer acceso
adecuado que permita enumerar e interconectar los sitios de compras del
sector público de cada país. Esto conduciría a la creación de una base
de datos completa con detalles de las actividades de compras del sector
público.
Deseamos reiterar nuestro apoyo y resaltar la
importancia de las siguientes recomendaciones, todas ellas avaladas
durante el taller de negociación sobre compras del sector público en el VI
Foro Empresarial de las Américas en Buenos Aires, Argentina:
-
Apoyamos la recomendación
establecida durante el taller de negociación sobre compras del sector
público en el VI Foro Empresarial de las Américas 2001 en la que se
declara que los países del ALCA “acordarán otorgar trato nacional y de
nación más favorecida a los bienes, servicios, construcción y proveedores
de los países miembros”.
-
Apoyamos la recomendación
establecida durante el taller de negociación sobre compras del sector
público en el VI Foro Empresarial de las Américas 2001 según la cual los
países del ALCA considerarán el uso de las leyes de compras “modelo”
elaboradas por la CNUDMI u otros organismos gubernamentales similares.
-
Apoyamos la recomendación
establecida durante el taller de negociación sobre compras del sector
público en el VI Foro Empresarial de las Américas 2001 que elimina el
requisito de “consularización” de los documentos y otros requisitos
similares para la presentación de ofertas a las entidades gubernamentales.