| PROPUESTA REFERENTE A LOS SERVICIOS DE INGENIERÍA
 
 
    1. 
 
    Consideraciones Iniciales Dentro del marcado dinamismo que el sector 
    Servicios en su totalidad ha exhibido en los último años en nuestro 
    continente, el Colegio de Ingenieros y la Asociación de Ingenieros 
    Consultores reconocen que el sector de Ingeniería en particular presenta un 
    alto potencial de crecimiento e internalización en el ámbito hemisférico, el 
    cual debe ser promovido por un marco institucional basado en el respeto por 
    las prácticas leales de comercio, transparencia de las reglas de mercado, 
    reciprocidad en las legislaciones y reglamentaciones, en los derechos y 
    obligaciones.
 
 El proceso de integración debe ser promovido por un marco 
    institucional que provea reglas claras y transparentes para el desarrollo de 
    las actividades, alentando los procesos de complementación empresarial de la 
    región. Ello requiere del esfuerzo coordinado de los estados miembros, con 
    el objetivo de promover la corrección o eliminación de aquellos factores que 
    puedan afectar negativamente la competitividad de las empresas de este 
    sector en la región. 
 En efecto, no obstante el importante potencial de 
    crecimiento del sector, el comercio de Servicios de Ingeniería presenta 
    ciertas características propias que merman su competitividad respecto al 
    comercio de bienes. Estas peculiaridades pueden agruparse en: 
     
      Dificultad en el libre tránsito y registro de profesionales Problemas asociados al requerimiento de este tipo de exportaciones de 
      ir ligadas a la provisión de Servicios Financieros, de Seguros, etc.Barreras internas que no favorecen el comercio internacional de 
      servicios.  
2.  Recomendaciones   
a)  Dificultades para el Libre Tránsito de Personas y Registro de 
Profesionales y Empresas: Para subsanar lo anterior se debe establecer un acuerdo por el que las 
    partes, a través de sus organismos nacionales correspondientes, uniformen en 
    cada país criterios de certificación de títulos, profesionales y 
    especialidades, incluyendo su homologación. Asimismo, se debe establecer un 
    acuerdo conjunto para uniformar y agilizar los procedimientos de 
    revalidación y reconocimiento de títulos y, adicionalmente, se deben 
    implementar registros profesionales temporales. Se ha detectado 
    discrecionalidad para el otorgamiento de visas y permisos de trabajo, así 
    como dificultades para los traslados en general, incluyendo el tratamiento 
    de las visas y permisos de trabajo para familiares de los profesionales. 
    Respecto a restricciones de tipo aduanero, se sostiene que la existencia de 
    impuestos de aduana para documentos profesionales, modelos de proyectos, 
    materias de adiestramiento, publicaciones, software y otras herramientas 
    necesarias para proporcionar los servicios a los clientes, constituye una 
    barrera para el libre comercio de servicios de ingeniería.
 
b)  Procedimientos 
    Comunes de Internación Temporal de Bienes Al igual que el libre tránsito 
    de profesionales, se deberá definir procedimientos comunes para efectuar la 
    internación temporal de bienes (equipos/herramientas) que sean necesarios 
    para la ejecución de los servicios de asesoría. El procedimiento a definir 
    deberá considerar exención de tasas arancelarias, vigencias de seguros, 
    expedición aduanera, etc.
 
c)  Problemas de Transparencia de Información Los proveedores de los países miembros del ALCA deben tener acceso 
    transparente a las regulaciones locales sobre servicios de ingeniería en 
    cada país miembro y sobre el tratamiento específico que se brinda al 
    operador extranjero, incluyendo condiciones de acceso al mercado, aspectos 
    legales, institucionales, tributarios y laborales. Por tanto, cada país 
    miembro debiera entregar una relación completa de las disposiciones legales 
    y reglamentarias que regulan este tipo de servicios.
 
d)  Problemas 
    Tributarios Para los países en que no existe una legislación específica 
    que evite la doble tributación, el pago de impuestos en el país receptor de 
    servicios es una condición que afecta la equidad en la competencia y en el 
    trato nacional. Asimismo, se detecta que el Impuesto al Valor Agregado 
    (IVA), en la práctica sirve como una exigencia implícita de residencia 
    puesto que tendrían acceso al respectivo descuento sólo las empresas 
    locales, no cumpliéndose por lo tanto el concepto de trato nacional. Se 
    recomienda que deben establecerse cláusulas que eviten la doble tributación 
    y doble imposición, utilizando como base los acuerdos bilaterales 
    actualmente en funcionamiento entre algunos países de la región. En el caso 
    particular del IVA se debe analizar un mecanismo para devolución (o eventual 
    excención del pago de IVA) para las empresas no locales originarias de algún 
    país miembro del ALCA.
 
e)  Duplicación de Costos Previsionales y de Salud Para evitar este problema debe permitirse la cobertura internacional de 
    fondos previsionales, mediante un sistema de corresponsalía entre las 
    entidades respectivas, en materia de salud, previsión y accidentes del 
    trabajo. Alternativamente, debería permitirse la cancelación de las 
    previsiones en el país de origen, donde se cancelan los sueldos de los 
    profesionales transferidos.
 
f)  Requisitos de acceso a Mercados Se deben 
    eliminar las restricciones al tipo de estructura empresarial permitido, es 
    decir, se deben eliminar las exigencias relativas a apertura de filiales y 
    formación de consorcios en el país donde se preste el servicio, así como la 
    obligación a la constitución física y jurídica de empresas, y que estos 
    deban ser liderados por empresas locales. Por otra parte deben quedar sin 
    efecto los requisitos respecto a emplear solo personal y profesionales 
    nacionales o cuotas de los mismos dentro del total de personal, así como el 
    uso de cupos limitando los traslados dentro de las empresas. Adicionalmente, 
    se debe acordar la eliminación por parte de los gobiernos, de las cláusulas 
    de preferencia en las licitaciones públicas, por tanto nacionales como 
    internacionales, que excluyan a las empresas originarias de los países del 
    ALCA. En caso de que existan estas preferencias, deberán hacerse 
    automáticamente extensivas a todas las empresas originarias de los países 
    miembros.
 
g)  Reglas de origen Con el objetivo de evitar que proveedores 
    de terceros países no miembros se beneficien de los acuerdos de 
    liberalización pactados al interior del ALCA, se deberán establecer normas 
    de origen en la prestación de servicios. De no ser así, se colocaría en 
    peligro las posibilidades y quizás la propias existencia de la ingeniería 
    chilena en el mediano plazo.
 
 h)  Propiedad intelectual Se debe establecer 
    una normativa específica orientada a proteger la propiedad intelectual de 
    obras, tecnologías, diseños y procesos. Además el tratamiento de la 
    propiedad intelectual en lo relativo a principios, regulaciones, sistema de 
    registro, procedimientos judiciales, responsabilidad y sanciones, debe 
    apegarse y ser consistente a las normas internacionales sobre la materia.
 
 
    I) 
    Responsabilidad por las obras Debiera establecerse un plazo de validez 
    máximo respecto de la responsabilidad por las obras una vez finalizado el 
    proyecto, en caso que la empresa de ingeniería no tenga presencia física en 
    el país en el que fue prestado el servicio.
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