Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA

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Público
FTAA.soc/w/166
24 de octubre de 2000

Original: Español

ALCA - COMITE DE REPRESENTANTES GUBERNAMENTALES SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE
LA SOCIEDAD CIVIL

APORTES RELACIONADOS CON LA INVITACIÓN PÚBLICA
 


Nombre (s) Colegio de Ingenieros de Chile A.G.
Organización (es)
(de ser el caso)
Organismo Profesional de Ingeniería Pertinente
País (es) /
Región (es)
Chile



PROPUESTA REFERENTE A LOS SERVICIOS DE INGENIERÍA

1.  Consideraciones Iniciales
Dentro del marcado dinamismo que el sector Servicios en su totalidad ha exhibido en los último años en nuestro continente, el Colegio de Ingenieros y la Asociación de Ingenieros Consultores reconocen que el sector de Ingeniería en particular presenta un alto potencial de crecimiento e internalización en el ámbito hemisférico, el cual debe ser promovido por un marco institucional basado en el respeto por las prácticas leales de comercio, transparencia de las reglas de mercado, reciprocidad en las legislaciones y reglamentaciones, en los derechos y obligaciones.

El proceso de integración debe ser promovido por un marco institucional que provea reglas claras y transparentes para el desarrollo de las actividades, alentando los procesos de complementación empresarial de la región. Ello requiere del esfuerzo coordinado de los estados miembros, con el objetivo de promover la corrección o eliminación de aquellos factores que puedan afectar negativamente la competitividad de las empresas de este sector en la región.

En efecto, no obstante el importante potencial de crecimiento del sector, el comercio de Servicios de Ingeniería presenta ciertas características propias que merman su competitividad respecto al comercio de bienes. Estas peculiaridades pueden agruparse en:

  • Dificultad en el libre tránsito y registro de profesionales
  • Problemas asociados al requerimiento de este tipo de exportaciones de ir ligadas a la provisión de Servicios Financieros, de Seguros, etc.
  • Barreras internas que no favorecen el comercio internacional de servicios.

2.  Recomendaciones

a)  Dificultades para el Libre Tránsito de Personas y Registro de Profesionales y Empresas:
Para subsanar lo anterior se debe establecer un acuerdo por el que las partes, a través de sus organismos nacionales correspondientes, uniformen en cada país criterios de certificación de títulos, profesionales y especialidades, incluyendo su homologación. Asimismo, se debe establecer un acuerdo conjunto para uniformar y agilizar los procedimientos de revalidación y reconocimiento de títulos y, adicionalmente, se deben implementar registros profesionales temporales. Se ha detectado discrecionalidad para el otorgamiento de visas y permisos de trabajo, así como dificultades para los traslados en general, incluyendo el tratamiento de las visas y permisos de trabajo para familiares de los profesionales. Respecto a restricciones de tipo aduanero, se sostiene que la existencia de impuestos de aduana para documentos profesionales, modelos de proyectos, materias de adiestramiento, publicaciones, software y otras herramientas necesarias para proporcionar los servicios a los clientes, constituye una barrera para el libre comercio de servicios de ingeniería.

b)  Procedimientos Comunes de Internación Temporal de Bienes
Al igual que el libre tránsito de profesionales, se deberá definir procedimientos comunes para efectuar la internación temporal de bienes (equipos/herramientas) que sean necesarios para la ejecución de los servicios de asesoría. El procedimiento a definir deberá considerar exención de tasas arancelarias, vigencias de seguros, expedición aduanera, etc.

c)  Problemas de Transparencia de Información
Los proveedores de los países miembros del ALCA deben tener acceso transparente a las regulaciones locales sobre servicios de ingeniería en cada país miembro y sobre el tratamiento específico que se brinda al operador extranjero, incluyendo condiciones de acceso al mercado, aspectos legales, institucionales, tributarios y laborales. Por tanto, cada país miembro debiera entregar una relación completa de las disposiciones legales y reglamentarias que regulan este tipo de servicios.

d)  Problemas Tributarios
Para los países en que no existe una legislación específica que evite la doble tributación, el pago de impuestos en el país receptor de servicios es una condición que afecta la equidad en la competencia y en el trato nacional. Asimismo, se detecta que el Impuesto al Valor Agregado (IVA), en la práctica sirve como una exigencia implícita de residencia puesto que tendrían acceso al respectivo descuento sólo las empresas locales, no cumpliéndose por lo tanto el concepto de trato nacional. Se recomienda que deben establecerse cláusulas que eviten la doble tributación y doble imposición, utilizando como base los acuerdos bilaterales actualmente en funcionamiento entre algunos países de la región. En el caso particular del IVA se debe analizar un mecanismo para devolución (o eventual excención del pago de IVA) para las empresas no locales originarias de algún país miembro del ALCA.

e)  Duplicación de Costos Previsionales y de Salud
Para evitar este problema debe permitirse la cobertura internacional de fondos previsionales, mediante un sistema de corresponsalía entre las entidades respectivas, en materia de salud, previsión y accidentes del trabajo. Alternativamente, debería permitirse la cancelación de las previsiones en el país de origen, donde se cancelan los sueldos de los profesionales transferidos.

f)  Requisitos de acceso a Mercados
Se deben eliminar las restricciones al tipo de estructura empresarial permitido, es decir, se deben eliminar las exigencias relativas a apertura de filiales y formación de consorcios en el país donde se preste el servicio, así como la obligación a la constitución física y jurídica de empresas, y que estos deban ser liderados por empresas locales. Por otra parte deben quedar sin efecto los requisitos respecto a emplear solo personal y profesionales nacionales o cuotas de los mismos dentro del total de personal, así como el uso de cupos limitando los traslados dentro de las empresas. Adicionalmente, se debe acordar la eliminación por parte de los gobiernos, de las cláusulas de preferencia en las licitaciones públicas, por tanto nacionales como internacionales, que excluyan a las empresas originarias de los países del ALCA. En caso de que existan estas preferencias, deberán hacerse automáticamente extensivas a todas las empresas originarias de los países miembros.

g)  Reglas de origen
Con el objetivo de evitar que proveedores de terceros países no miembros se beneficien de los acuerdos de liberalización pactados al interior del ALCA, se deberán establecer normas de origen en la prestación de servicios. De no ser así, se colocaría en peligro las posibilidades y quizás la propias existencia de la ingeniería chilena en el mediano plazo.

h)  Propiedad intelectual
Se debe establecer una normativa específica orientada a proteger la propiedad intelectual de obras, tecnologías, diseños y procesos. Además el tratamiento de la propiedad intelectual en lo relativo a principios, regulaciones, sistema de registro, procedimientos judiciales, responsabilidad y sanciones, debe apegarse y ser consistente a las normas internacionales sobre la materia.

I)  Responsabilidad por las obras
Debiera establecerse un plazo de validez máximo respecto de la responsabilidad por las obras una vez finalizado el proyecto, en caso que la empresa de ingeniería no tenga presencia física en el país en el que fue prestado el servicio.

 

 
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