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México
(Destino)
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Visita de negocios por un Corto Plazo
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Requerimientos para Visa de Visitantes
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Ciudadanos (incluidas personas de negocios) de los siguientes países del ALCA
requieren una visa de visitante para estar en tránsito o entrar a
México:
- Antigua y Barbuda
- Argentina
- Bahamas
- Barbados
- Belice
- Bolivia
- Brasil
- Canadá
- Chile
- Colombia
- Costa Rica
- Dominica
- EE.UU.
- Ecuador
- El Salvador
- Granada
- Guatemala
- Guyana
- Haití
- Honduras
- Jamaica
- Nicaragua
- Panamá
- Paraguay
- Perú
- República Dominicana
- San Cristbal y Nieves
- Santa Lucia
- San Vincente y las Granadinas
- Surinam
- Trinidad y Tobago
- Uruguay
- Venezuela
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Ciudadanos (incluidas personas de negocios) de los siguientes países del ALCA
no requieren una visa de visitante para estar en tránsito o entrar a
México:
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Documentación Requerida para aplicar para una Visa de Visitante
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Ciudadanos de la lista descrita arriba que no necesitan tramitar una visa, son elegibles para adquirir Tarjetas de Turismo que pueden ser tramitadas en el Consulado Mexicano, a bordo del avión o en el puerto de entrada en México. Las Tarjetas de Turismo están libres de costo para personas que entren a México de vacaciones, por razones de salud o para realizar actividades científicas, artísticas o para llevar
a cabo actividades que no sean remuneradas o lucrativas. Cualquier visitante que busque entrar a México requiere establecer, a satisfacción de los oficiales de Inmigración, una identificación y el propósito de su entrada al país. Todas las personas requieren de un pasaporte para entrar a
México. Sólo los ciudadanos de EE.UU. y Canadá podrán acreditar su nacionalidad con copia fiel o certificada de acta de nacimiento, credencial para votar, declaración juramentada ante notario público o certificado de naturalización. De presentar algún documento que no contenga fotografía deberá portar una identificación oficial vigente con fotografía y firma.
- Un pasaporte válido (se recomienda que la validez del mismo sea de mínimo seis meses después de la intención de
estadía)
- Formulario de solicitud
- 2 fotografía tamaño pasaporte
- Una carta de presentación indicando las fechas de entrada y salida del país
- Tiquete de ida y regreso
- Prueba de fondo suficientes
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Método para Depositar la Aplicación
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La aplicación debe hacerse en el Consulado antes de requerir la entrada a México. Los aplicantes necesitan llevar el formulario de solicitud en persona. En algunos casos se admiten aplicaciones por correo para lo cual el formulario necesita ser acompañada de un sobre auto-dirigido y con
estampilla.
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Tiempo de Procesamiento
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2 días (en persona); 1 semana (por correo). Las aplicaciones no deben hacerse con una anticipacion no mayor de 3 meses antes del día del
viaje.
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Visa de Entrada Múltiple
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El Consulado Mexicano tramita visas de entrada sencilla y múltiple a personas que visiten por más de 30
días.
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Validez/Extensión
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Si el visitante desea extender la estadía en México o modificar las condiciones de su autorización, deberá ir a la oficina de inmigración más cercana y pedir una extensión, y la FM3 (tradicional de negocios) de acuerdo con la
Ley General de Población, visitantes serán autorizados a requerir
sólo cuatro extensiones cada año.
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Costo de la Aplicación
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Un costo de US$28. Están
exentos de costo los siguientes países: Argentina,
Canadá, Chile, Costa Rica,
Uruguay, EE.UU. y Venezuela.
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Acompañantes Dependientes
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Miembros de familia que acompañen a un visitante a México deben también cumplir con todos los requisitos indicados para obtener estadía temporal.
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Requerimientos Generales para una Entrada Temporal Visitante de Negocios en Corto Plazo
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Forma Migratoria 3 (FM3)
Visitante
de negocios e inversionista es aquella persona extranjera que
pretenda internarse en el territorio mexicano con el objeto de
conocer diferentes alternativas de inversión, realizar una inversión
directa o supervisaria, representar a una empresa extranjera o
realizar transacciones comerciales. La información que aquí se
presenta deberá ser verificada en la Embajada o Consulado donde se
documenten pues está sujeta a cambios por ajustes en la ley federal
de derechos o acuerdos con los gobiernos. Es importante destacar que
las personas de negocios que ingresen como profesionales les queda
expresamente prohibido realizar cualquier actividad que implique el
ejercicio profesional, sin haber obtenido previamente la cédula
profesional expedida por la Dirección General de Profesiones, de la
Secretaría de Educación Pública.
Ciudadanos de los siguientes países requieren
una FM3:
- Antigua y Barbuda
- Argentina
- Bahamas
- Barbados
- Belice
- Bolivia
- Brasil
- Canadá
- Colombia
- Costa Rica
- Chile
- Dominica
- Ecuador
- El Salvador
- EE.UU.
- Granada
- Guatemala
- Guyana
- Haití
- Honduras
- Jamaica
- Nicaragua
- Panamá
- Paraguay
- Perú
- República Dominicana
- San Cristobal y Nieves
- San Vicente y Las Granadinas
- Surinam
- Trinidad y Tobago
- Uruguay
- Venezuela
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Requerimientos Específicos
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Visitantes de negocios deben aplicar en persona en el Consulado antes de
viajar.
- Pasaporte vigente
- 2 fotos de frente tamaño infantil
- Aval de la contraparte del Consejo Empresarial Mexicano para Asuntos
Internacionales (CEMAI), o las Consejerías Comerciales
del Banco de Comercio Exterior en el extranjero.
- o acreditar
fehacientemente su calidad de persona de negocios y la
autenticidad de la información sobre la actividad que pretenda
realizar
- acreditar mediante una
carta bancaria que contará mensualmente durante un año con el
equivalente a quinientas veces el salario mínimo general diario
vigente en el Distrito Federal o carta de solvencia económica
de la empresa que representa durante su tiempo de estadía en el
país
- Un
documento que confirme que la condición de persona de negocios
es verdadera y acreditada y que la información otorgada y la
actividad realizada son auténticas
El costo por esta forma es de US$81.
Validez es de 1 año.
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Requerimientos Generales para una Entrada Temporal Visitante de Negocios en Corto Plazo
Requerimientos Específicos
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Forma
migratoria múltiple para turista, tranmigrante, visitante persona
de negocios o visitante consejero
La
información que aquí se presenta deberá ser verificada en la
Embajada o Consulado donde se documenten pues está sujeta a cambios
por ajustes en la ley federal de derechos o acuerdos con los
gobiernos. Es importante destacar que las personas de negocios que
ingresen como profesionales les queda expresamente prohibido
realizar cualquier actividad que implique el ejercicio profesional,
sin haber obtenido previamente la cédula profesional expedida por
la Dirección General de Profesiones, de la Secretaria de Educación
Publica.
En
el marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN):
EE.UU.
Canadá
Países
del ALCA para los que aplica como visitante Consejero:
El
periodo de validez de esta forma es de máximo 30 días.
Entradas
y salidas múltiples. Así
mismo, si el visitante desea prolongar su estadía en México o
modificar las condiciones de su autorización, deberá acudir a la
Oficina de Migración más cercana donde se efectúa sus actividades
para solicitar prórroga y canje por FM-3 de negocios (tradicional)
de conformidad con la Ley General de la Población los visitantes
pueden solicitar cuatro prórrogas de hasta un año cada una,
debiendo pagar 755.00 pesos cada prórroga (vigente hasta el 31 de
diciembre de 1999).
Para
viajes que involucren la firma de un convenio el extranjero deberá
portar la FM-3.
Procedimientos
suplementarios:
-
Pasaporte
válido que pruebe la nacionalidad y en el caso que aplique el
documento de residencia de EE.UU. o Canadá
-
Carta
de invitación de empresa, asociación o cámara empresarial
mexicana extranjera o binacional, o bien de una consejería
comercial mexicana extranjera acreditada en México, en la que
se detallen el motivo de la entrada, las actividades a realizar
-
En
los casos de transferencia del personal, deberá presentarse una
carta mandato en el idioma español de la empresa matriz, filial
o subsidiaria extranjera, en la que se indique que el extranjero
es un empleado de ella y que el pago de los servicios que
prestará en México correrán por cuenta de ésta.
-
En
los casos de Consejeros, deberá presentarse constancia del
nombramiento respectivo por la asamblea de accionistas
-
Solvencia
económica del interesado
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Costo
de esta visa es de US$15 aproximadamente y puede ser cubierto en el
costo del tiquete aéreo.
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En caso de internación vía terrestre
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El pago de derechos
fijado en el Artículo 8 de la Ley Federal de Derechos se realizará
a través de los bancos, por lo que el extranjero deberá presentar
el comprobante de pago como requisito para la autorización de
entrada.
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Para Información
Adicional
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México,
Información: Consultar con el Consulado más cercano. http://www.quicklink.com/mexico/
(Consulado General de México en Nueva York)
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