Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA

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Público
FTAA.soc/civ/28
15 de mayo de 2002

Original: Español

ALCA - COMITÉ DE REPRESENTANTES GUBERNAMENTALES SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE
LA SOCIEDAD CIVIL

APORTE EN RESPUESTA A LA INVITACION PUBLICA Y CONTINUA


Nombre (s) Mesa de Trabajo hacia un Diáologo Nacional sobre Comercio y Ambiente
Sociedad Peruana de Derecho Ambiental
Organización (es) Gremios, empresarios, ONGs, académicos, sector público
País Perú

INVITACIÓN PÚBLICA A LA SOCIEDAD CIVIL DE LOS PAÍSES PARTICIPANTES EN EL ALCA - COMITÉ DE REPRESENTANTES GUBERNAMENTALES SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL

Comentarios.-

La aplicación de los acuerdos comerciales de la Organización Mundial del Comercio en los países en desarrollo, ha evidenciado una serie de debilidades que dificultan severamente el cumplimiento de los compromisos internacionales suscritos, pero a la vez, ponen en relieve la limitada capacidad de los países en desarrollo para obtener beneficios significativos del régimen globalizado de libre intercambio comercial. Por ello, respecto de la implementación de los acuerdos del ALCA en general, y sobre su relación con la gestión ambiental en particular, se considera muy importante solicitar la adopción de un Capítulo sobre Medidas de Implementación de los Acuerdos del ALCA a efectos de garantizar que la Zona de Libre Comercio de las Américas se constituya como un espacio comercial en donde todos los países tengan posibilidades reales y equitativas para propiciar su crecimiento económico y en general, su desarrollo sostenible, entendiendo este último concepto como la debida articulación del crecimiento económico, la protección ambiental y el bienestar social en cada país parte del ALCA y como principio de implementación de todas las disposiciones comerciales en la zona de libre comercio.

Aún cuando no se esté negociando, ni se suscriba un capítulo expreso sobre aspectos relativos a la relación comercio y ambiente, debe tenerse en cuenta que muchos de los aspectos de la negociación están implícitamente relacionados con la gestión ambiental de los países parte del Acuerdo. En general, es preciso tener en cuenta que prácticamente toda política o decisión sobre aspectos económicos implica indirectamente una decisión de carácter ambiental. Por ello, es conveniente que se analicen debidamente los acuerdos que se están negociando a fin de hacer explícitas sus implicancias ambientales y se tomen las previsiones necesarias para evitar controversias u obstáculos en la esfera comercial y en la ambiental.

De este modo, a continuación se señalan algunos temas que consideramos deberían formar parte necesariamente del propuesto Capítulo sobre Medidas de Implementación del ALCA o que podrían ser tratados en forma transversal en los distintos capítulos que constituyan finalmente el texto integrado del Acuerdo ALCA. Sin embargo, se considera más recomendable su incorporación como un Capítulo independiente para evitar el tratamiento dispar de estas medidas de implementación, las cuales se sustentan en las carencias y debilidades propias de los países en desarrollo, más que en las diferencias de las materias negociadas en los distintos capítulos del Acuerdo ALCA. Esto es particularmente relevante en lo concerniente a la gestión ambiental, dadas las grandes asimetrías o diferencias existentes entre los avances logrados por los países desarrollados y las fuertes limitaciones que afrontan los países en desarrollo respecto de la gestión ambiental. Las diferencias ameritan normas flexibles que conduzcan a una mayor y progresiva tutela ambiental, sin constituir a las normas ambientales como trabas para el crecimiento económico. A ello se suma que la negociación integrada de estos aspectos como un capítulo independiente, atenuaría las limitaciones que se aprecian en la práctica por la falta de presencia de representantes de los países con economías más débiles en algunas mesas de negociación, al no poder financiar la participación de delegaciones con especialistas para cada uno de los temas de los distintos foros de negociación.

Estos aspectos son los siguientes:

1. El Trato Especial y Diferenciado para los Países en Desarrollo de la región, o los que afronten crisis macroeconómicas severas, a fin de garantizar que la implementación de los acuerdos del ALCA no afecten, limiten, ni restrinjan la adopción o aplicación de políticas activas, planes, programas o actividades de desarrollo nacional, regional o local, sin perjuicio de la debida consideración del Principio de Trato Nacional.

2. Gradualismo en la implementación de los distintos acuerdos, considerando plazos diferenciados y medidas de flexibilización que permitan la suspensión temporal y excepcional o la postergación del cumplimiento de algunas disposiciones específicas, considerando las particulares características, posibilidades y condiciones de desarrollo de cada país parte.

3. El respeto de los Acuerdos Multilaterales sobre Medio Ambiente, a fin de evitar que se debilite o evada el cumplimiento de los objetivos acordados por sus respectivos Países Parte, a través de las disposiciones establecidas en el acuerdo ALCA.

4. Que las políticas, normas o instrumentos de protección ambiental se apliquen bajo estrictos criterios de territorialidad, según los cuales no sea legítimo aplicar normas nacionales de protección ambiental a los bienes y servicios de otros países, considerando los aspectos referidos a los métodos y procesos de producción, salvo por comprobadas razones de salud o seguridad pública del país importador.

5. El reconocimiento del Principio de Responsabilidades Comunes pero Diferenciadas acuñado en la Conferencia sobre el Medio Humano y el Desarrollo (Estocolmo, 1972) y en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Río de Janeiro 1992), como base de una estrategia de cooperación hacia los países en desarrollo, a fin de garantizar la asistencia técnica y financiera para la construcción de capacidades orientadas al fortalecimiento de las sinergias entre la relación comercio y ambiente y el desarrollo sostenible, así como para mitigar los impactos severos de la apertura comercial con actores comerciales tan dispares como son los de las economías desarrolladas y los países en desarrollo, fundamentalmente en relación con la mediana, pequeña y micro empresa.

6. El reconocimiento del principio de Consentimiento Informado Previo para la comercialización internacional de bienes cuyo uso o consumo esté prohibido o restringido en su país de origen, porque son susceptibles de generar impactos o riesgos significativos sobre el ambiente o la salud pública

7. La adopción de medidas de propiedad intelectual acordes al Convenio de Diversidad Biológica, según el cual debe garantizarse el reconocimiento del conocimiento ancestral de las comunidades indígenas y la equitativa distribución de los beneficios resultantes de su aprovechamiento.

8. Medidas de solución de diferencias con condiciones diferenciadas y adecuadas para la resolución de conflictos entre países desarrollados y países en desarrollo y, en particular, en lo referente a aspectos de gestión ambiental a fin de garantizar resultados compatibles con la necesidad de proteger el medio ambiente y la necesidad de alcanzar el desarrollo sostenible de los países parte.

9. Medidas respecto de la Inversión Extranjera Directa, a fin de establecer que los inversionistas extranjeros no rebajen los niveles de protección ambiental que cumplen sus casas matrices, en países con marcos legales e institucionales de gestión ambiental aún débiles o incipientes.

Sumado a ello, se enfatiza en la generación de mayores instrumentos y espacios de difusión a fin de garantizar la debida transparencia del proceso de negociación. En este sentido consideramos importante que se promueva la evaluación de las implicancias o impactos ambientales de los capítulos que se vienen negociando a fin de que a través de la difusión de los resultados obtenidos, se logre una mayor y más proactiva participación de la sociedad civil en el proceso ALCA.

Como parte de este principio de transparencia, se solicita también una expresa y fundamentada rendición de cuentas respecto de la aceptación o rechazo de los aportes alcanzados por la sociedad civil, en el marco de los procesos de consulta pública promovidos por el Comité de Representantes Gubernamentales sobre la Participación de la Sociedad Civil en el ALCA.
 

 
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