Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA

english français

 
Declaraciones
Ministeriales
Comité de
Negociaciones
Comerciales
Grupos de
Negociación
Comités
Especiales
Facilitación de
Negocios
Sociedad
Civil
Base de Datos
Hemisférica
Programa de
Cooperación
Hemisférica

Inicio Países Mapa del sitio Lista A-Z  Contactos gubernamentales       

 

Público
FTAA.soc/civ/89
27 de Mayo de 2003

Original: Inglés
Traducción:
Secretaría ALCA

ALCA - COMITÉ DE REPRESENTANTES GUBERNAMENTALES SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE
LA SOCIEDAD CIVIL APORTE EN RESPUESTA A LA INVITACION PUBLICA Y CONTINUA


Maureen Heffern Ponicki
American Friends Service Committee


1º de mayo de 2003

Presidente del Comité de Representantes Gubernamentales sobre la Participación de la Sociedad Civil
Secretaria del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA)

8 Oriente No. 1006
Paseo San Francisco
Centro Histórico, Puebla 72000
México

Estimado Presidente:

Le escribo en respuesta a la invitación pública a la sociedad civil para la presentación de contribuciones por escrito que se incluirán en el informe a los Ministros en su reunión de 2003 en Miami. En seguida he planteado las inquietudes del American Friends Service Committee (AFSC), una organización de los cuáqueros que incorpora a individuos de una diversidad de creencias comprometidos con la justicia social y económica, la paz y el servicio humanitario. Durante muchos años nos hemos preocupado por las políticas comerciales y su impacto en las comunidades con las que trabajamos en Latinoamérica y Estados Unidos. Hemos propugnado y seguiremos propugnando por la transparencia de los procesos y por un papel formal fuerte para la sociedad civil durante las negociaciones del ALCA, así como para asegurar que, al completarse, el ALCA apoye y promueva un desarrollo equitativo y sostenible. Aunque el AFSC apoya la integración económica en el hemisferio occidental, no podemos apoyar el ALCA en su forma actual, pues consideramos -al igual que la mayoría de los grupos de la sociedad civil del hemisferio- que este acuerdo no solamente no promoverá el desarrollo equitativo y sostenible, sino que hundirá a un mayor número de personas en la pobreza. El borrador del acuerdo muestra una tendencia muy obvia hacia los intereses corporativos, como ocurrió con el TLCAN. En seguida he delineado nuestras inquietudes específicas respecto a las negociaciones sobre inversión, servicios, compras del sector público y la participación de la sociedad civil. Lo hemos hecho a pesar de que el borrador de texto del ALCA sigue estando encorchetado en buena parte y no identifica a los gobiernos que apoyan una u otra de las propuestas. Además, los países del ALCA no han divulgado sus posturas de negociación individuales, lo que también deja a los miembros de la sociedad civil con insuficiente información sobre el ALCA. Así pues, aunque agradecemos la oportunidad de expresar nuestra opinión, consideramos que se trata meramente de un esfuerzo simbólico de solicitar nuestra participación, pues en realidad no tenemos acceso a todas las posturas de las negociaciones.

Servicios

Solicitamos una mayor claridad en el texto que exime del ALCA a los servicios públicos. Actualmente, el borrador de texto se basa en la exención definida en el acuerdo AGCS, en el que se declara que la exención se aplica cuando un servicio “no se suministra en condiciones comerciales ni en competencia con uno o más proveedores de servicios”. Esta definición no garantizaría que quedarían exentos nuestros sistemas de educación pública o de seguridad social. La mayoría de los gobiernos han subcontratado servicios a empresas sin fines de lucro que compiten con otras empresas sin fines de lucro, y muchos servicios gubernamentales implican pagos; así pues, esta exención difícilmente protegería estos servicios cruciales. Asimismo, la privatización de los servicios sociales, como la educación y la seguridad social, debe decidirse a nivel local, por los distintos agentes afectados de la comunidad. Las comunidades locales se han planteado la polémica cuestión de la privatización durante muchos años, con opiniones sumamente distintas. No les quiten este poder de decisión dejando un texto vago, abierto a lagunas legales, que podría erosionarse en futuras negociaciones y que sería prácticamente imposible revocar.

Además, la regla sobre “trato nacional” del acuerdo otorgaría a las compañías privadas extranjeras “derechos equitativos” para competir con los proveedores locales de servicios públicos por los fondos para la prestación de estos servicios. Esta cláusula tiene también implicaciones para la distribución y recolección de agua. Si el suministro de agua en manos privadas provoca un incremento abrupto en los precios (como ocurrió en Bolivia cuando la Corporación Bechtel privatizó el sistema de agua de Cochabamba) esto tendrá repercusiones perjudiciales para las familias pobres, en especial para las mujeres y niños de los países en desarrollo. Es por ello que recomendamos que la educación pública (en especial los niveles elemental y secundario), la seguridad social, otros servicios humanos críticos y el agua queden excluidos del Acuerdo del ALCA mediante excepciones.

Asimismo, las reglas sobre acceso a mercados que rigen el comercio de servicios no deben prohibir que un gobierno condicione el permiso de suministrar un servicio en particular al compromiso del proveedor de suministrar también algunos servicios no redituables.

El ALCA también debe permitir que los gobiernos locales, estatales o nacionales limiten el número de prestadores de servicios en cierto sector o región y que cada país tenga la flexibilidad de proteger a las empresas locales que son vitales para la economía nacional. Por ejemplo, no debe prohibirse a los gobiernos locales limitar en ciertas áreas el número de actividades de servicio ecológicamente nocivas, como el procesamiento de desechos tóxicos, la minería, la extracción petrolera, etc.

Por último, con respecto a la reglamentación nacional, el ALCA no debe restringir la facultad de las jurisdicciones nacionales y locales de proteger a sus residentes. Las limitaciones a la reglamentación nacional a través de la restricción de no ser “más gravosa de lo necesario” restringiría esta facultad de los gobiernos locales. Las reglas sobre servicios pondrían en riesgo las leyes sobre salud y seguridad laboral, las leyes sobre personal, las normas y concesiones de licencias profesionales, la calidad y el contenido de los programas educativos y otras regulaciones de interés público. Cada gobierno debe informar a sus ciudadanos sobre la manera en que pretende proteger la reglamentación nacional.

Inversión

El segundo borrador de texto contiene todavía texto encorchetado que define la expropiación con tal amplitud que amenaza la facultad de los gobiernos de proteger el medio ambiente y la salud de sus ciudadanos. No hay razón alguna para definir la expropiación en términos tan amplios, ni para otorgar a los inversionistas extranjeros mayores derechos que los otorgados a los inversionistas nacionales. Existe texto encorchetado que establece que “las controversias que surgieran a consecuencia directa o indirecta de decisiones administrativas gubernamentales de carácter regulador o fiscalizador no estarán sujetas a las disposiciones de solución de controversias de este acuerdo”. Solicitamos que se conserve este texto a fin de proteger la facultad de los gobiernos de aplicar la normatividad para proteger la salud pública y el medio ambiente.

Nuestros gobiernos promueven el ALCA como una herramienta para el desarrollo. ¿Cómo es entonces que se prohiben expresamente los requisitos de desempeño? Los requisitos de desempeño han sido desde hace mucho tiempo una herramienta para el desarrollo económico. Para que la inversión beneficie a un país receptor, debe haber vínculos que la devuelvan a la economía nacional, y los requisitos de desempeño constituyen un método para lograrlo. El desarrollo económico local se apoya en la transferencia de tecnologías apropiadas o en el requisito de que las empresas adquieran un porcentaje dado de insumos locales. Éstas son herramientas concretas que permiten que la inversión extranjera se utilice para estimular el desarrollo económico sostenible. La eliminación de estos requisitos demuestra la clara tendencia de los negociadores comerciales en favor de los intereses de las grandes corporaciones y no de las pequeñas y microempresas. Por último, hay texto encorchetado que declara que las economías más pequeñas pueden ejercer el derecho de imponer ciertos requisitos de desempeño relacionados con el desarrollo. Apoyamos este texto, pero solicitamos que los requisitos de desempeño sean un derecho para todos los países del ALCA. En Estados Unidos, por ejemplo, la Ley de Reinversiones Comunitarias requiere que los bancos, cajas de ahorros y otras entidades crediticias pongan capital a disposición de zonas urbanas de ingresos bajos y medios para impulsar el desarrollo en estas áreas donde estos servicios no son suficientes. ¿El capítulo sobre inversión del ALCA evitará el uso de este tipo de herramientas?

Por último, todos los gobiernos del ALCA deben tener la libertad de aplicar controles de capital a fin de evitar salidas repentinas de capital que generan inestabilidad y crisis económicas. Los controles de capital se han recomendado como una herramienta sólida de política económica, pero en el borrador de texto del ALCA no queda claro si se prohibirán o no.

Compras del Sector Público

Cada país del ALCA debe poder utilizar los contratos gubernamentales como medio para promover la igualdad, y las decisiones de adquisición no deben limitarse exclusivamente al precio y la calidad. Actualmente, el borrador de texto prohibiría a los gobiernos dar preferencia a las empresas locales para la asignación de contratos e impediría que establecieran requisitos no relacionados con precio y calidad, al considerar otros tipos de criterios como “barreras innecesarias al comercio”. Muchas pequeñas empresas cuyas propietarias son mujeres u otras minorías se han podido beneficiar de las reservas e incentivos del gobierno, y el principio de trato nacional pone en riesgo estas políticas. Los trabajadores y ciudadanos interesados de todo el país han luchado con ahínco por la promulgación de leyes sobre salarios justos en Estados Unidos, pero si un municipio solamente puede aplicar criterios de precio y calidad en sus decisiones de compra, entonces la legislación sobre salarios justos -que exige que un municipio solamente contrate a proveedores que paguen a sus empleados un salario justo (superior al salario mínimo y determinado a nivel local)- se vería minada. La inclusión de estas protecciones no inhibiría el comercio justo. Existe apoyo para el uso de las decisiones de compras gubernamentales para promover los objetivos de igualdad en muchos de los países del ALCA, y exhortamos a los negociadores a no desautorizar las decisiones adoptadas democráticamente.

El papel de la sociedad civil

En interés de la transparencia y la democracia, deberían publicarse los textos completos de las posturas de cada país en las negociaciones. Asimismo, todos los gobiernos deben comprometerse a divulgar cualquier versión futura de los borradores de texto consolidado de las negociaciones, junto con anotaciones que identifiquen los países que han planteado las propuestas que contienen. Aunque agradecemos que se haya publicado el segundo borrador de texto tras la Reunión Ministerial de Quito, aseveramos que si nuestros gobiernos están auténticamente comprometidos con la trasparencia del proceso, deben publicarse las posturas de negociación. En la mayoría de nuestros países son pocos, si acaso, los mecanismos para aconsejar formalmente a nuestros negociadores, y debido al alcance del ALCA propuesto y a sus posibles repercusiones sobre las comunidades en todo el hemisferio, estas posturas deben divulgarse.

Insistimos en que haya un contacto más directo entre los negociadores y la sociedad civil. En cada país, los negociadores deben reunirse directamente con grupos representativos de la sociedad civil antes de cada sesión de negociaciones. Después de cada sesión, los negociadores deben informar sobre la manera en que se abordaron en las negociaciones las cuestiones planteadas por los grupos de la sociedad civil.

Por último, deben llevarse a cabo evaluaciones completas de los impactos sociales y de género de un posible ALCA. Las evaluaciones de impacto son un requisito previo a la negociación de políticas justas que beneficien a la mayoría de las poblaciones. Las evaluaciones laborales y ambientales no bastan para evaluar el impacto del ALCA sobre las mujeres y otros intereses comunitarios que no están representadas explícitamente por los grupos laborales ni se abordan en las evaluaciones ambientales.

Atentamente,

Maureen Heffern Ponicki
Democratizing the Global Economy Project (Proyecto de Democratización de la Economía Global)
American Friends Service Committee
 

 
países mapa del sitio lista a-z contactos gubernamentales