Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA

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Público
FTAA.soc/civ/81
23 de Mayo de 2003

Original: Inglés
Traducción:
Secretaría ALCA

ALCA - COMITÉ DE REPRESENTANTES GUBERNAMENTALES SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE
LA SOCIEDAD CIVIL APORTE EN RESPUESTA A LA INVITACION PUBLICA Y CONTINUA


Scott Otteman – Director de Políticas de Comercio Internacional
Asociación Nacional de Fabricantes (NAM)


Aporte de la Asociación Nacional de Fabricantes (NAM) ante el
Comité de Representantes Gubernamentales sobre la Participación de la Sociedad Civil del ALCA
29 de abril de 2003

La Asociación Nacional de Fabricantes (NAM) representa a 14,000 compañías con operaciones de manufactura en Estados Unidos, entre las que se incluyen 10,000 empresas pequeñas y medianas. La NAM exhorta a los negociadores que participan en la histórica empresa de crear el Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA) a tomar en cuenta sus puntos de vista con respecto a los siguientes aspectos de las negociaciones.

 

ARANCELES

El ALCA debe eliminar de manera integral los aranceles prácticamente sobre la totalidad del comercio. La eliminación de los aranceles deberá concentrarse lo más posible al comienzo de la vigencia del Acuerdo. Se deberán eliminar los derechos en el mayor número posible de sectores completos de inmediato a la entrada en vigor el Acuerdo.

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

El ALCA debe incluir mecanismos diseñados para evitar que los países sustituyan la reducción de los derechos por nuevas barreras no arancelarias.

 

REGLAS DE ORIGEN Y PROCEDIMIENTOS DE ORIGEN

Las reglas de origen determinarán a qué mercancías exportadas de un país del ALCA a otro se les pueden aplicar las preferencias arancelarias del ALCA. Pretendemos que las reglas de origen sean objetivas, transparentes, sencillas y económicas en su administración y cumplimiento, pero suficientemente estrictas y fáciles de hacer cumplir para que se conserven a un nivel óptimo los beneficios para las operaciones y los trabajadores de las empresas en las Américas.

Recomendaciones:

1) El objetivo final de los negociadores del ALCA debe ser la creación de un conjunto único y uniforme de reglas de origen para el ALCA que con el tiempo lleguen a sustituir totalmente las reglas de origen subregionales para la determinación de las mercancías a las que se aplicarán los aranceles preferentes. Establecer reglas de origen para todo el hemisferio adicionales a los conjuntos de reglas subregionales que ya existen no haría sino añadir otra capa de complejidad a los negocios en las Américas. Un ALCA que complique en lugar de simplificar los negocios de la región no vale la pena.

2) En la creación de las nuevas reglas de origen uniformes del ALCA se deben hacer esfuerzos por limitar el impacto negativo para las compañías que han hecho inversiones y desarrollado relaciones comerciales basadas en la suposición de la permanencia de las reglas de origen subregionales, como las establecidas en el TLCAN. En especial, los expertos gubernamentales en reglas de origen -en coordinación con los especialistas de las industrias- deben prestar atención de inmediato a determinar la manera en que se puedan aplicar mejor las reglas de origen durante el período de transición del ALCA a fin de evitar afectar los patrones comerciales y provocar confusiones respecto a las reglas aplicables.

3) Para ayudar a ampliar los beneficios potenciales del ALCA, se debe considerar el suministro considerable de asistencia técnica para ayudar a las empresas pequeñas y medianas a aprender en qué forma se aplican las reglas de origen del ALCA. Para ello podría incluirse un sitio centralizado en Internet, aprendizaje en línea y seminarios de extensión nacionales.

4) Las reglas basadas en el cambio arancelario para la determinación de origen son más sencillas y facilitan más la aplicación que las basadas en el cálculo de contenido. Consideramos que el sistema de cambios arancelarios ha probado su utilidad particularmente en las reglas existentes en el TLCAN y creemos que el ALCA debe adoptar un sistema de reglas de origen que se base en el enfoque empleado en el TLCAN y lo amplíe. No somos partidarios de las pruebas de valor, pues pueden verse influidas excesivamente por cambios mínimos en los procesos de producción y los valores de los insumos y son difíciles de predecir debido a las fluctuaciones de los tipos de cambio y precios de los factores. Si no pueden evitarse las pruebas de valor, no apoyamos el rastreo, que requiere procedimientos complicados y costosos de contabilidad.

5) Puesto que ayudará a convertir al ALCA en una verdadera fuerza para la integración económica, debe permitirse la acumulación para el establecimiento del origen hemisférico.

6) Un enfoque congruente y estandarizado para la determinación de los requisitos de origen, marcas y etiquetado para los productos hemisféricos es una necesidad absoluta. Dicha regularidad beneficiaría a todos los productores del hemisferio al facilitar la comprensión de los funcionarios aduaneros y acelerar la tramitación de las importaciones sin retrasos indebidos.

PROCEDIMIENTOS ADUANEROS

Debe haber coherencia en los procedimientos de tramitación de importaciones, incluidos los de valuación, en toda el ALCA, e idealmente en la OMC. La normalización de estos procesos, incluidos sus efectos en el software, beneficiaría a todos los productores del hemisferio al acelerar la tramitación de las importaciones, reducir la duración de los ciclos y permitir una mayor predecibilidad en la manera en que se evalúan los productos para fines aduaneros.

La NAM apoya vehementemente la aplicación continua de las medidas relativas a aduanas que se han acordado ya con el fin de reducir los costos de los negocios en el hemisferio. Estas medidas incluyen las disposiciones respecto a admisión temporal; los procedimientos simplificados para las consignas de entrega rápida; las medidas de facilitación para las transacciones de envíos de bajo valor; las disposiciones relativas al intercambio electrónico de datos; el establecimiento de códigos de conducta para los funcionarios aduaneros; y el establecimiento de la administración de riesgos.

No obstante, observamos que los llamados compromisos de “facilitación de negocios” no son obligatorios y excluyen específicamente el requisito de modificar las leyes nacionales.

Recomendaciones:

Recomendamos que se incorporen disposiciones adicionales de facilitación de negocios al Acuerdo del ALCA mismo. Estas disposiciones deben ser más amplias y profundas que el paquete inicial de medidas aduaneras, e incluir medidas que exijan aprobación legislativa y que se tengan que aplicar antes de una fecha límite específica. La NAM apoya específicamente que el ALCA contenga obligaciones vinculantes que exijan que las oficinas de aduanas:

1) Pongan en práctica de inmediato un proceso de ingreso en dos pasos que separe el despacho de la mercancía del pago final de los derechos. Este tipo de procedimiento contempla el uso de garantías financieras para el pago de derechos, fechas límite para el despacho de la mercancía y el cálculo final de los derechos después del despacho.

2) Establezcan un régimen de fallos previos e instituir un proceso de revisión y apelación de decisiones.

3) Eliminen todos los cargos no arancelarios que no estén encaminados a compensar el costo de procesamiento de las importaciones sobre las mercancías que se comercian dentro del hemisferio. Estos costos incluyen cargos consulares y otros cargos conexos.

4) Prohiban los requisitos de precios de exportación e importación, los permisos de importación condicionados al cumplimiento de un requisito de desempeño, las restricciones voluntarias de exportación y los impuestos de exportación discriminatorios no permitidos en la OMC.

5) Establezcan procedimientos sencillos para la admisión temporal de mercancías relacionadas con viajes de negocios.

6) Permitan el ingreso libre de impuestos de muestras comerciales y materiales publicitarios.

7) Instituyan disposiciones significativas y que puedan hacerse cumplir respecto a transparencia, tanto para procedimientos de concesión de licencias como para la imposición de cualquier cargo relacionado con la importación o la exportación.

SALVAGUARDIAS

Junto con la graduación más lenta para los productos sensibles a las importaciones, la NAM considera necesario un sistema de salvaguardas para asegurar que los sectores más débiles de los países del ALCA tengan oportunidad de ajustarse.

Recomendación:

En este sentido, apoyamos el tipo de salvaguardas que actualmente se aplican en el TLCAN, que permiten la restauración de los derechos de NMF y de las medidas no arancelarias para abordar problemas cuando las importaciones dentro del TLCAN constituyen una causa substancial de daños graves. Las reglas de la OMC que permiten la ayuda global por encima de los niveles de NMF cuando las importaciones de un tercer país provocan problemas también quedarían intactas. Ambos sistemas requieren ajustes y compensaciones.

 

BARRERAS TÉCNICAS AL COMERCIO

El uso de estándares y reglas técnicas, que incluyan requisitos de marcas y etiquetado y procedimientos de evaluación de la conformidad debe aplicarse de maneras que faciliten el comercio para los fabricantes del hemisferio. La NAM exhorta a que se adopten todas las medidas necesarias para que las disposiciones técnicas no se empleen como barreras al comercio. En la experiencia de la NAM, el costo de estas disposiciones constituye una carga particularmente difícil para las empresas más pequeñas, y la falta de simplificación de las disposiciones técnicas y la búsqueda de una armonización máxima de manera desproporcionada daña a los productores de las naciones más pequeñas.

Recomendaciones:

1) Con respecto a las normas y evaluaciones de la conformidad industriales, los negociadores del ALCA deben seleccionar varias áreas de productos para las discusiones iniciales respecto a su armonización, reconocimiento mutuo o equivalencia en todo el hemisferio.

2) La NAM apoya la plena aceptación e instrumentación del Acuerdo sobre Barreras Técnicas al Comercio de la OMC como requisito previo para ser miembro del ALCA. Todos los fabricantes del hemisferio se beneficiarían si el ALCA incluyera medidas adicionales que impulsaran a los gobiernos a eliminar y evitar las barreras técnicas innecesarias al comercio en el hemisferio.

3) El ALCA debe aclarar cuál es la mejor interpretación del acuerdo sobre BTC de la OMC. Un enfoque más amplio sobre las barreras técnicas al comercio que ofrezca directrices más precisas debería ayudar a abordar por lo menos dos áreas cruciales:

· Asegurar que las normas que aplican internacionalmente las empresas ubicadas en las Américas, de ser distintas de otras normas internacionales, reciban una consideración comparable a la de una norma aceptable en este hemisferio.

· Asegurar la transparencia y el debido proceso en los organismos nacionales y regionales encargados de la normalización, de tal manera que estos principios puedan ser protegidos subsecuentemente por el hemisferio de manera global.

4) La NAM apoya la identificación de productos y sectores en que serían apropiados los acuerdos hemisféricos que cubren el reconocimiento mutuo, la armonización y la igualación. Además, los fabricantes no deben tener que esperar a la conclusión del ALCA para negociarlos.

5) De manera similar, los fabricantes no deberían tener que esperar hasta la conclusión del ALCA para que sus miembros acuerden la eliminación de pruebas y certificaciones redundantes de productos de tecnología de la información, entre otros. Existen muchas maneras de proporcionar el nivel de evaluación de la conformidad apropiado que reduzca al mínimo los retrasos y la redundancia, al tiempo que mantiene una protección adecuada de la salud, la seguridad y el medio ambiente. Entre ellas se incluyen (de manera no taxativa) las siguientes: la declaración de conformidad del proveedor, la certificación de terceros y el esquema de entidades certificadoras de la Comisión Electrotécnica Internacional (IECEE CB).

 

Para mayor información sobre las posturas de la NAM respecto al Área de Libre Comercio de las Américas, favor de comunicarse con el Director de Políticas de Comercio Internacional, Scott Otteman.

 
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