Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA |
Público ALCA - COMITE DE REPRESENTANTES GUBERNAMENTALES SOBRE LA PARTICIPACION DE LA SOCIEDAD CIVIL APORTE EN RESPUESTA A LA INVITACION PUBLICA Y CONTINUA
ENTIDADES DEL ALCA (Favor indicar la(s) entidad(es) del ALCA a que corresponde el aporte)
Tercera Reunión Temática sobre Propiedad Intelectual y Sociedad Civil Participación de la sociedad civil y los Derechos de Propiedad Intelectual Con motivo de la invitación pública desde el ALCA a la Sociedad Civil y teniendo en cuenta la próxima Reunión Temática sobre Propiedad Intelectual, las organizaciones no gubernamentales abajo firmantes, elevan la siguiente contribución en orden a ratificar la necesidad de la consagración de la participación permanente de la sociedad civil en el seno de la arquitectura institucional del ALCA, no ya desde la entrada en vigor, sino preferentemente durante esta etapa de negociaciones, legitimando su presencia y funcionamiento, a los fines de su fortalecimiento dentro de la futura estructura institucional. El acceso a la participación de la sociedad civil en el marco institucional del ALCA, se vuelve una materia acuciante dentro de esta última etapa de negociaciones. En la última ministerial celebrada en Miami, quedó reflejado en su Declaración la posibilidad concreta de abrir la institucionalidad del ALCA en orden a una participación permanente de la sociedad civil (Párrafo 28).1 Tal como quedara puesto de manifiesto en el párrafo 28, se observa el interés de que la creación de un espacio institucional para la participación de la sociedad civil se consolide en el momento mismo de entrada en vigor del acuerdo, modalidad que va en contra de los requerimientos de la Sociedad Civil la cual solicitó que la participación se institucionalice desde las negociaciones presentes, previa a la entrada en vigor del Acuerdo ALCA. Si la institucionalización de la participación de la sociedad civil se opera desde el mismo proceso de negociación y no ya desde que el acuerdo cobre vigencia, se habrá respetado y puesto en funcionamiento los principios que signan los procesos de toma de decisiones a nivel internacional, respecto de circunstancias que en el corto o largo plazo tendrán incidencia directa en la vida de los pueblos: los principios de transparencia, inclusión y participación. Sin embargo, la participación que se desea consagrar en la institucionalidad de este esquema comercial hemisférico no debe ser tangencial a toda la estructura, sino que, por el contrario, debe contribuir eficazmente a la generación de un proceso que acompañe a todas vistas las negociaciones que se desarrollen en el seno de los órganos que se instalen. La participación de la sociedad civil, tanto a nivel doméstico como en el orden internacional es un derecho humano y emerge como una responsabilidad que los representantes de cada uno de los pueblos reunidos en el ALCA, deberán saber poner en práctica. Los principios de transparencia y participación van de la mano con el acceso a la información, herramienta imprescindible para volver operativos los primeros. Por todo lo dicho, y recalando en la cuestión estrictamente institucional, resulta impostergable que en el seno del órgano que represente a la sociedad civil, se encuentren presentes tantas comisiones como temas de negociación existan – hasta el momento, contamos con nueve -, teniendo injerencia cada una de ellas, en las cuestiones que se desarrollen y sean objeto de discusión. En este sentido, sería necesario contar con especialistas que representen las entidades u organizaciones que conformen dicho órgano en cada una de las temáticas y que existan mecanismos de medición del grado de incidencia que las mismas tienen. Las prácticas en el ámbito de la propiedad intelectual, deben prever reglas de competencia y antimonopolio en atención a las economías más pequeñas y a los países en vías de desarrollo. Entendemos, por otra parte, que no sería viable ir más allá de los términos establecidos en el acuerdo de la ADPIC2 , desde que ello lesionaría aún más los derechos económicos, sociales y culturales de los pueblos pertenecientes a los países en vías de desarrollo y de las demás economías pequeñas, como ya lo reconocen las Naciones Unidas.3 Resulta imperativo que la regulación en esta materia no torne más gravosa la posibilidad de los consumidores de acceder a productos que puedan serles esencialmente necesarios en materia de salud y alimentos. A la par, el acceso a la tecnología es otra condición para el avance y desarrollo de los pueblos, por lo que resulta evidente que nuevas reglamentaciones que ensanchen la brecha existente en esta temática entre países desarrollados y aquellos otros que se encuentran en vías de desarrollo, marcaría más profundamente las diferencias ya existentes y distaría de los objetivos que se trazaron en el ámbito de este proyecto hemisférico, para la elaboración de medidas comerciales, redundando en un serio perjuicio tanto por las dificultades en el acceso como por el costo de los productos sujetos a esta normativización. Ya desde la perspectiva de la técnica legislativa en esta materia se observa la utilización de términos equívocos o ambiguos en su significación – por caso, la expresión “usos y prácticas honestos”4 , o la definición de competencia desleal entendiendo por tal ¨…cualquier acto para crear confusión5, por cualquier medio, respecto de los productos, servicios, etc., de un competidor…¨ - por lo que sería conveniente una mayor precisión en la regulación, pues caso contrario, ello daría lugar a múltiples interpretaciones tendiendo a la generación de prácticas abusivas. Es imprescindible, en este sentido, reducir las distorsiones comerciales – por caso, los obstáculos técnicos al comercio -, y prever la accesibilidad de los productos que hagan a las necesidades básicas de los ciudadanos y al desenvolvimiento económico de los pueblos. La protección de los derechos de propiedad intelectual debe ir de la mano de la máxima de “in dubio pro desarrollo”, principio que tuvo su origen y guió parte de las negociaciones de la Ronda Uruguay y que es consecuencia de la aplicación de otro que se conoce en el comercio como el de “trato especial y diferenciado”, que reconoce los diferentes grados de desarrollo de los países, y es el que se debe tomar en cuenta al momento de aplicar una norma comercial internacional.6 En consecuencia, consideramos necesario efectuar las siguientes consideraciones: 1. Atendiendo a que las negociaciones dentro de esta especial temática
está signada por fuertes intereses - sobre todo de las multinacionales
que no contemplan los de la sociedad consumidora y usuaria de los bienes
disponibles bajo este régimen de propiedad intelectual- es menester que
quienes participen del cierre de estas cuestiones y tracen los
lineamientos sustanciales, sean especialistas oficiales conjuntamente
con asesores no gubernamentales, a los efectos de no desatender
económica ni socialmente a la población. 3. Es menester una mayor atención en lo términos en los que se va a
definir un acuerdo en torno a este tema de propiedad intelectual, a los
efectos de evitar las ambigüedades e imprecisiones que puedan degenerar
en discriminaciones a los estados en vías de desarrollo y economías más
pequeñas. 4. Resulta forzoso hacer hincapié en las condiciones en que los países
en vías de desarrollo y pequeñas economías harán frente a las
diferencias de acceso a la tecnología y a bienes fundamentales para la
salud y en definitiva, para la vida humana, sujetas a las regulaciones
de propiedad intelectual. Es imperativo buscar un crecimiento económico
con equidad sin descuidar el desarrollo social de los pueblos de las
Américas. - CEDHA, Centro de Derechos Humanos y Ambiente – Argentina -
1 Párrafo 28 de la Declaración de
Miami: “Manifestamos nuestro interés en crear un Comité Consultivo de la
Sociedad Civil dentro de la institucionalidad del ALCA, junto con la
entrada en vigor del Acuerdo. Este Comité podría contribuir a la
transparencia y la participación de la sociedad civil de manera continua
a medida que se implemente el ALCA. Instruimos al Comité de
Representantes Gubernamentales sobre la Participación de la Sociedad
Civil a que, en coordinación con el CTI, continúe estudiando este tema y
formule recomendaciones sobre éste al CNC. Solicitamos al CNC que
examine estas recomendaciones y presente una propuesta para nuestra
consideración en el futuro”. |
países | mapa del sitio | lista a-z | contactos gubernamentales |