Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA

english

 
Declaraciones
Ministeriales
Comité de
Negociaciones
Comerciales
Grupos de
Negociación
Comités
Especiales
Facilitación de
Negocios
Sociedad
Civil
Base de Datos
Hemisférica
Programa de
Cooperación
Hemisférica

Inicio Países Mapa del sitio Lista A-Z  Contactos gubernamentales       

 

Público
FTAA.soc/civ/114
10 de noviembre de 2003

Original: español
 

ALCA - COMITE DE REPRESENTANTES GUBERNAMENTALES SOBRE LA PARTICIPACION DE LA SOCIEDAD CIVIL

APORTE EN RESPUESTA A LA INVITACION PUBLICA Y CONTINUA


Nombre(s) Marcio Guerrero
Organización(es) Laboratorios Everest S. de R.L. de C.V.
País Honduras

Excelentísimos Señores:

Esta nota se refiere a una preocupación del sector agrícola Hondureño, junto con el sector industrial procesador que esta interesado en cultivar y procesar la planta Stevia Rebaudiana. Deseamos que esta preocupación sea transmitida al grupo de acceso a mercados y cualquier otro que tenga que ver con obstáculos técnicos al comercio.

El FDA mantiene medidas que resultan en obstáculos técnicos al comercio al uso extractos en forma de cristales o extractos líquidos de la planta Stevia Rebaudiana Bertoni, los cuales califica como “suplemento dietético” o “Dietary Supplement”. Esta calificación limita su comercialización bajo el esquema legal del DSHEA (Dietary Supplement Health Education Act) en el que se prohíbe hacer “health related claims” (aseveraciones relacionadas con la salud) en su promoción o etiquetado.

La legislación de los Estados Unidos prohíbe que se promocione este producto como un endulzante natural, pues en su criterio permitir al consumidor saber que tiene un sabor dulce es una aseveración relacionada con la salud, lo que no tiene fundamento legal, pues es una realidad reconocida por el mismo FDA quien manifiesta que los extractos de esta planta son hasta 300 veces mas dulces que el azúcar.

También vale considerar que este hecho, es una limitación a las leyes primarias de libre emisión y expresión del pensamiento, pues el FDA prohíbe que se diga específicamente un atributo de este producto, que es el ser dulce. En efecto colocando un obstáculo técnico a su comercialización que impide que se pueda promocionar a la par de otros productos con similares atributos.

En cierto momento, se ha cuestionado si los extractos de esta planta son seguros y no suponen un posible daño a la salud humana. Cosa que ya de frente se remedia pues se permite su uso como 'suplemento dietético' de venta libre a partir de Septiembre de 1995. Vale mencionar que los extractos de esta planta se usan como aditivo o endulzante en varios países (como por ejemplo) desde mas de 30 años sin que exista un tan solo caso de efectos secundarios reportados relacionados con el uso recomendado del producto.

No obstante la abundante evidencia científica (mas de 1,500 investigaciones científicas) y de uso popular (uso tradicional) por poblaciones indígenas que históricamente se remonta a mas de un milenio y que fueron reportadas desde el tiempo de la colonización en Sur América, y no obstante su aceptación y uso que sigue expandiéndose a nivel mundial, el FDA sigue considerando a este producto bajo status de sustancia NON-GRASS (Generally Regarded As Safe). (No Generalmente Reconocido Como Seguro).

Vale mencionar que en Japón, una de las siete potencias mundiales, cuyo estándar de calidad y control sanitario de alimentos esta entre los mas estrictos y sofisticados del mundo, se utilizan los Steviosidos (nombre que se le da a los componentes dulces de esta planta) por lo que consideramos que las preocupaciones por la salud humana son infundadas.

En Honduras, y en muchas naciones del ALCA, existe el deseo de invertir en este promisorio RUBRO ALTERNATIVO como reemplazante natural no calórico que no tiene impacto glicémico por lo que lo pueden usar los diabéticos en lugar de los endulzantes artificiales. Lo que no se da a su mayor expresión considerando que los países de mayor potencial dentro de consumo dentro del ALCA (Canadá y Estados Unidos) restringen su comercialización. Hay que notar que numerosas propuestas de inversión en el negocio de la Stevia en varios países del ALCA, se hallan estancadas a causa del Status "NON-GRAS" impuesto por el FDA, lo cual ocasiona un grave perjuicio económico a las naciones mas pobres del Continente Americano y que por consiguiente retarda el progreso de las comunidades rurales mas necesitadas.

Esto tiene como consecuencia directa que muchos campesinos se dediquen a rubros agrícolas menos deseables relacionados con el narco trafico y la existencia de fuerzas paramilitares desestabilizadoras de las democracias, que amenazan la estabilidad jurídica y la seguridad física de muchos países del ALCA. Estos rubros ilegales a los que se ven orillados nuestros campesinos por la mera necesidad de subsistencia, logran acceso a los mercados mas desarrollados del norte del hemisferio por vía ilegal.

Estamos convencidos de que el levantamiento de tales restricciones para el uso Steviosidos en la industria alimenticia y bebidas, permitirá la reactivación económica de un vasto sector rural actualmente sumido en la miseria y por ende impulsar el desarrollo de varias agro-industrias en los países Latinoamericanos con un producto que además de ser natural ayudara a mejorar la salud de millones de personas que sufren de obesidad y diabetes en Norteamerica que hoy día ya conocen y claman por este producto ampliamente utilizado por Japón por mas de 30 años y en mas de 5,000 artículos alimenticios.

Deseamos que el ALCA sea un instrumento para revertir la manera arbitraria en que las autoridades sanitarias de los países mas desarrollados del ALCA han manejado este asunto, para que en el ALCA tengamos “Fair Trade y Free Trade” (Comercio justo y Comercio libre).

POR TANTO:

  • Elevamos una petición a quien corresponda de levantar las restricciones al ingreso y uso de los extractos de Stevia Rebaudiana Bertoni, en todas su formas y que se permita su utilización en la industria de alimentos y de bebidas.

  • Creemos firmemente que las asociaciones rurales, cooperativas y organizaciones campesinas, y empresariales a través de la sociedad civil y científica, esta preparadas para presentar al FDA toda la documentación y evidencias que hoy día existen aun en mayor volumen que JUSTIFICAN su total exclusión de la lista de sustancia 'NON GRAS'.

 

 

Atte.

 

Ing. Marcio Guerrero

Laboratorios Everest S. de R.L. de C.V.

 

 
países mapa del sitio lista a-z contactos gubernamentales