1. Nacionales
Por "nacional" de una Parte se entiende una persona física que sea nacional de esa Parte de conformidad con su legislación pertinente. (Artí;culo I (1) (c)).
2. Compañías
"Sociedad" de una Parte significa cualquier clase de sociedad anónima, compañía, asociación, u otra entidad legalmente constituida conforme a las leyes y los reglamentos de una Parte, o de una subdivisión política de ella, constituida o no con fines de lucro, ya sea de propiedad privada o estatal. (Artículo I (1) (b)).