3. Otros
"Compensación pronta, adecuada y efectiva" La compensación: .deberá ser equivalente al valor justo de mercado, calculado utilizando metodologías apropiadas para el caso. El cálculo de la compensación no reflejará disminución alguna del valor equitativo de mercado debido al conocimiento pdblico anticipado o al anuncio de la expropiación o a medidas que resulten en la expropiación; .incluir los intereses corrientes desde la fecha de la expropiación a las tasas internacionales vigentes; .se deberá pagar sin demora; .deberá ser efectivamente realizable y libremente transferible al tipo de cambio vigente en la fecha de la expropiación. (Artículo III (1)).
4. Compensación Estándar, Modalidad y Oportunidad del Pago
Expropiación, nacionalización (directa o indirectamente por la vía de medidas equivalentes a la expropiación o nacionalización). (Artículo III (1)).