Acuerdos Sobre Inversión en el Hemisferio Occidental: Un Compendio
Acuerdo entre Chile y Guatemala
el 8 de noviembre de 1996
Tema: II. Admisión
A. Cláusulas de Admisión
Cada Parte Contratante, con sujeción a su política general en el campo de las inversiones extranjeras, incentivará en su territorio las inversiones de inversionistas de la otra Parte Contratante y las admitirá en conformidad con su legislación y reglamentación. (Artículo III (1)).