Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA |
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B. Condiciones
2. Debido Proceso Legal y Revisión Judicial
3. Otros
"Compensación pronta, adecuada y efectiva" La compensación: .corresponderá al valor de mercado equitativo que la inversión expropiada tenía inmediatamente antes de la expropiación o antes de que la expropiación inminente se hiciera pdblica; .comprenderá intereses desde la fecha de la expropiación a una tasa comercial normal; .será pagada sin demora; .será efectivamente realizable y libremente transferible. Los criterios de valuación para fijar el precio de mercado equitativo,incluirán el valor de la empresa activa, el valor de los activos incluido el valor declarado de la propiedad tangible a los efectos impositivos, y otros criterios que sean adecuados. (Artículo VIII (1))
4. Compensación Estándar, Modalidad y Oportunidad del Pago
Expropiación, nacionalización o medidas de efecto equivalente. (Artículo VII (1)).
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