3. Otros
La compensación: .corresponderá al valor de mercado que la inversión expropiada tenía inmediatamente antes de la expropiación o antes de que la expropiación inminente se hiciera pdblica; .comprenderá intereses hasta la fecha de pago a una tasa comercial normal; .será pagada sin demora; .será efectivamente realizable y libremente transferible. (Artículo 5 (3)).
4. Compensación Estándar, Modalidad y Oportunidad del Pago
Privación de una inversión (directa o indirectamente). (Artículo IV (1)).