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Informe Sobre Desarrollos y Aplicación de las Políticas y Leyes de Competencia en el Hemisferio Occidental

Presentado al Grupo de Trabajo del ALCA Sobre Políticas de Competencia


Perú: Informe Sobre Dessarrollos y Aplicación de Políticas y Leyes de Competencia
(1993-1996)
Continuación

Sumillas de las resoluciones

    Resolución 001-95-CLC.
  • Investigación de oficio seguido en contra de la empresa INCAMOTORS S.A., por presuntas violaciones a lo previsto en el Decreto Legislativo 701, consistente en la concertación de precios de combustibles.
  • Se dispuso el archivo del expediente.

    Resolución 002-95-CLC.

  • Iinvestigación de oficio seguida en contra de la empresa SURMOTORS S.A., por presuntas violaciones a lo previsto en el Decreto Legislativo 701, consistente en la concertación de precios de combustibles.
  • Se dispuso el archivo del expediente.

    Resolución 003-95-CLC.

  • Investigación de oficio seguida en contra de la Municipalidad Distrital de Socabaya, por presuntas violaciones a lo previsto en el Decreto Legislativo 776, en el cobro de Pontazgo.
  • Se dispuso que la Comisión se inhibiera.

    Resolución 004-95-CLC.

  • Investigación iniciada de oficio en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná por presuntas violaciones a lo previsto en el Decreto Legislativo 776, en el cobro de peaje.
  • Declaró fundada la investigación iniciada de oficio.

    Resolución 005-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la empresa Premix Concretera S.A. en contra de la Municipalidad de Lima Metropolitana, por presuntas violaciones a lo previsto en el Decreto Legislativo 776, consistente en el cobro de la licencia de anuncios y publicidad.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 006-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Empresa Periodística Nacional S.A. en contra de la Municipalidad de Lima Metropolitana, por presuntas violaciones en el Decreto Legislativo 776, consistente en el cobro de la licencia de anuncios y publicidad.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 008-95-CLC.

  • Medida cautelar presentada por la Empresa Superconcreto del Perú S.A., en el procedimiento iniciado contra la Dirección General Ejecutiva del Proyecto CHAVIMOCHIC, sobre presunta discriminación injustificada en las bases de la Licitación Pública 004-94-INADE/8401, en contra de las tuberías de concreto pretensado.
  • Se denegó la medida cautelar.

    Resolución 009-95-CLC.

  • Recurso de reconsideración de la Resolución 008-95-CLC, en la cual se denegó la adopción de medida cautelar, interpuesto por la empresa Superconcreto del Perú S.A., en el procedimiento iniciado contra la Dirección General Ejecutiva del Proyecto CHAVIMOCHIC, sobre presunta discriminación injustificada en las bases de la Licitación Pública 004-94-INADE/8401, en contra de las tuberías de concreto pretensado.
  • Declaró infundado el recurso de reconsideración.

    Resolución 010-95-CLC.

  • Solicitud de rectificación de error material existente en la Resolución 006-95-INDECOPI/CLC, presentada por la Empresa Periodística Nacional S.A. (EPENSA), el 13 de marzo de 1995, en el procedimiento iniciado en contra de la Municipalidad de Lima Metropolitana, por infracciones al Decreto Legislativo 776, mediante cobros indebidos por concepto de licencia de anuncios y publicidad.
  • Se resolvió aclarar la Resolución 006-95-INDECOPI/CLC.

    Resolución 012-95-CLC.

  • Recurso de Reconsideración presentado por Fábrica Peruana Eternit S.A. contra la Resolución 023-94-INDECOPI/CLC, en relación a la denuncia sobre abuso de posición de dominio de la Junta de Determinaciones de Mejoras de Agua Potable del Distrito de La Molina.
  • Declaró infundado el Recurso de Reconsideración.

    Resolución 013-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por un grupo de vecinos del Distrito de Santa Rosa en contra de la Municipalidad de Santa Rosa por presuntas violaciones al Decreto Legislativo 776, en el cobro excesivo de relleno sanitario.
  • Declaró inadmisible la denuncia.

    Resolución 014-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por el señor Gerardo Castro Zapata en representación de la Asociación de Comerciantes de Productos Agropecuarios de Aguas Verdes por presunta infracción al Decreto Legislativo 776, en el cobro por subsistencia y uso de mercado.
  • Declaró improcedente la denuncia.

    Resolución 015-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la empresa de espectáculos Chomin's Promotion S.R.LTDA., en contra de la Asociación Peruana de Autores y Compositores y la Sociedad Peruana de Autores u Compositores, por la comisión de diversas infracciones a las normas de libre competencia.
  • Declaró fundada en parte la denuncia.

    Resolución 016-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por el Alcalde de Lambayeque contra un grupo de transportistas de dicha ciudad, por presunta infracción al Decreto Legislativo 701, consistente en la concertación de tarifas del servicio de transporte interurbano de pasajeros.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 017-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por el señor Lucio Collazos y otros sobre violaciones al Decreto Legislativo 776, efectuadas por la Municipalidad de La Victoria, consistentes en la imposición del cobro de licencias de funcionamiento, así como por los elevados montos de las mismas.
  • Declaró improcedente la denuncia.

    Resolución 018-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por el señor Florencio Daga Salgado en contra de la empresa Cemento Andino S.A., por presunto abuso de posición de dominio.
  • Declaró infundada la denuncia.

    Resolución 019-95-CLC.

  • Recurso de Reconsideración interpuesto en contra de la Resolución No. 033-94-INDECOPI/CLC, solicitado por el señor Enrique Céspedes, dentro del proceso iniciado en contra de la Municipalidad de Surquillo por presuntas infracciones al Decreto Legislativo No. 776, en el cobro excesivo de arbitrios.
  • Declaró improcedente el recurso.

    Resolución 020-95-CLC.

  • Medida cautelar solicitada por Hoteles Helvéticos S.A., dentro del procedimiento contra la Municipalidad Provincial de Lima, por violación a lo previsto en el artículo 61 del Decreto Legislativo No. 776.
  • Se otorgó la medida cautelar.

    Resolución 021-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la empresa Embotelladora Lima S.A., en contra de las empresas Embotelladora Rivera S.A. y Servicios del Norte, por supuestas infracciones a lo previsto en el Decreto Legislativo No. 701, en la modalidades de abuso de posición de dominio y prácticas restrictivas de la libre competencia.
  • Declaró infundada la denuncia.

    Resolución 022-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la empresa Distribuidora de Cerveza La Victoria S.A., en contra del Alcalde del Concejo Distrital de Punta Negra, señor Francisco Buitrón Huapaya y las empresas Embotelladora Lima S.A. y San Nicolás Distribuidores S.A., por prácticas restrictivas de la libre competencia consistentes en concertar injustificadamente condiciones de comercialización de cerveza y gaseosas en las playas de Las Pocitas y Punta Rocas.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 023-95-CLC.

  • Solicitud de rectificación de error material existente en la Resolución No. 016-95- INDECOPI/CLC, presentada por la Empresa Expreso del Norte S.R.L., el 20 de junio de 1995, dentro del proceso iniciado en contra de las Empresas de Transporte: Cooperativa de Transportes San Pablo, Empresa de Transportes Naylamp Express, Empresa de Transportes Lambayeque Express S.R.L., Empresa de Transportes Brunning Express, Empresa Lambayeque Tours y la Empresa Propietarios Unidos en Omnibus, por concertación injustificada de precios.
  • Rectificó el artículo 1 de la Resolución No. 016-95-INDECOPI/CLC.

    Resolución 024-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Empresa Panamericana Televisión S.A. en contra de la Municipalidad de Lima Metropolitana, por presuntas violaciones a lo previsto en el Decreto Legislativo No. 776, consistente en el cobro de la licencia de anuncios y publicidad.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 025-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Empresa Aries Producciones S.A. en contra de la Municipalidad de Lima Metropolitana, por presuntas violaciones a lo previsto en el Decreto Legislativo No. 776, consistente en el cobro de la licencia de anuncios y publicidad.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 026-95-CLC.

  • Denuncia presentada por la empresa Embotelladora Inca Cusco, en contra de la empresa Industrial Cusco, productora de la bebida Coca-Cola y el directorio encargado de la Feria de Huancaro (FONGAL), por presuntas prácticas restrictivas de la libre competencia consistentes en la concertación de condiciones de comercialización.
  • Declaró infundada la denuncia.

    Resolución 027-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por el Frente Unico de Trabajadores Informales del Distrito de Pueblo Libre, por presuntas violaciones a lo dispuesto en el Decreto Legislativo No. 776, consistentes en el cobro por derecho de Sisa y por excesivo cobro por carnet sanitario.
  • Declaró fundada en parte la denuncia.

    Resolución 028-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la empresa de transportes "El Halcón Dorado" S.A. en contra de la Municipalidad Provincial de Arequipa por presunto abuso de posición de dominio.
  • Se dispuso que la Comisión se inhibiera.

    Resolución 029-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la empresa de transporte Señor de la Ascensión de Cachuy en contra del Concejo Provincial de Cañete por presunto abuso de posición de dominio.
  • Se dispuso que la Comisión se inhibiera.

    Resolución 030-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la empresa de transporte de servicio rápida "Señor de la Ascensión de Cachuy No. 1" contra la Municipalidad de Cañete y su Comisión de Transporte, por abuso de posición de dominio consistente en no permitir la participación de la denunciante en la licitación de rutas.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 031-95-CLC.

  • Apertura de investigación de oficio respecto los alcances de una posible concertación tanto en el precio del pan como en el de la harina de trigo.
  • La Comisión resolvió dar inicio a la investigación.

    Resolución 032-95-CLC.

  • Recurso de Reconsideración presentado por la Empresa de Mercados Mayoristas de Lima en contra de la Resolución No. 034-94-INDECOPI/CLC.
  • Declaró infundado el Recurso de Reconsideración.

    Resolución 033-95-CLC.

  • Investigación iniciada de oficio por presunta violación a lo prescrito por el Decreto Legislativo No. 701, por parte de la Asociación de Industrias en Panadería, y su representante el señor Gilberto Hinojosa Teves, consistente en incurrir en prácticas restrictivas de la libre competencia en la modalidad de recomendación.
  • Se resolvió aprobar el compromiso presentado por el señor Gilberto Hinojosa Teves y la Asociación de Industriales en Panadería.

    Resolución 034-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por Parrillada a la Brasa Casablanca E.I.R.L. y el Restaurante Casablanca de Fernando Oyakawa Oyakawa en contra de la Municipalidad Provincial de Lima, por el cobro de licencia de anuncios y publicidad creada mediante Edicto No. 179-93-MLM.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 035-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por Hoteles Helvéticos S.A., contra la Municipalidad Provincial de Lima, por presuntas violaciones a lo previsto en el Decreto Legislativo No. 776, consistente en el cobro de la Licencia de Anuncios y Publicidad.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 036-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por Julio Oshiro Oshiro y Kamato "Casa Aki" y varios en contra de la Municipalidad de Lima Metropolitana, por presuntas violaciones a lo previsto en el Decreto Legislativo No. 776, consistente en el cobro de la Licencia de Anuncios y Publicidad.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 037-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la empresa CHOMIN'S PROMOTION S.R. Ltda. en contra del Sindicato de Artistas Intérpretes del Perú y otros, por presunto abuso de posición de dominio en el mercado.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 038-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Federación de Trabajadores Ambulantes de Barranco en contra de la Municipalidad de Barranco por presuntas violaciones a los Decretos Legislativos No. 776, en el cobro de sisa, así como la investigación de oficio iniciada en contra de la Compañía Embotelladora del Pacífico S.A. (CEPSA) por presunta violación a lo previsto en el Decreto Legislativo No. 701.
  • Declaró fundada la denuncia por cobro de sisa, según lo previsto por el Decreto Legislativo 776. Y además declaró infundada la investigación iniciada de oficio por presunta violación a lo previsto en el Decreto Legislativo 701.

    Resolución 039-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Asociación de Menudencieros de Ganado Vacuno de la Provincia de Huaral contra el Regidor del Concejo Provincial de Huaral, señor Carlos Medina Mercado, por presunta violación al Decreto Legislativo N0. 701 consistente en un abuso de posición de dominio al disponer el cese del sistema rotativo de comercialización de menudencia en cumplimiento al Oficio No. 371-94-CLC; e investigación de oficio iniciada en contra de la Asociación de Proveedores por concertación de precios en infracción a lo dispuesto por el artículo 6 del Decreto Legislativo No. 701.
  • Declaró fundada la investigación iniciada de oficio por concertación e infundada por abuso de posición de dominio.

    Resolución 040-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Empresa J.U. Automotriz S.R.L. en contra de la Municipalidad de Jesús María, por presuntas violaciones a lo previsto en el Decreto Legislativo No. 776, consistente en el cobro de la licencia de anuncios y publicidad.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 041-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Pequeña Empresa de Trabajadores de Materiales Sólidos S.R.L. - PETRAMAS, en contra del Concejo Provincial de Lima y la Empresa de Servicios Municipales y Limpieza de Lima - ESMLL, por presunta violación al Decreto Legislativo No. 701 consistente en prácticas restrictivas y monopólicas de la libre competencia en la disposición final de los residuos sólidos, así como también por presuntas violaciones a lo dispuesto por el Decreto Legislativo No. 776.
  • Declaró fundada la denuncia por prácticas restrictivas; e infundada por presuntas violaciones al Decreto Legislativo No. 776.

    Resolución 042-95-CLC.

  • Medida Cautelar solicita por Constructora y Distribuidora Pachacutec S.A. en el procedimiento contra la Municipalidad Provincial de Lima, por violación a lo previsto en el Decreto Legislativo No. 776, consistente en el cobro de Licencia de Anuncios y Publicidad.
  • Se otorgó la medida cautelar.

    Resolución 043-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por Víctor Rojas y varios en contra de la Municipalidad de Ate Vitarte, por el cobro de Licencia de Anuncios y Publicidad creada mediante el Edicto No. 179-93-MLM.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 044-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por Comerciantes de Ate Vitarte en contra de la Municipalidad de Ate Vitarte, por el cobro de Licencia de Anuncios y Publicidad creada mediante Edicto No. 179-93-MLM.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 045-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Empresa Distribuidora Automotriz Andina S.A. en contra de la Municipalidad de Santiago de Surco, por el cobro de Licencia de Anuncios y Publicidad creada mediante Edicto No. 179-93-MLM.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 046-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Empresa Representaciones y Distribuciones América S.A. en contra de la Municipalidad de San Borja por el cobro de Licencia de Anuncios y Publicidad creada mediante Edicto No. 179-93-MLM.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 047-95-CLC.

  • Investigación de oficio en contra del Comité de Molinos de Trigo de la Sociedad Nacional de Industrias y de dieciocho empresas molineras por presunta concertación de precios en la harina de trigo.
  • Declaró fundada la investigación iniciada de oficio.

    Resolución 048-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por Ladbroke Holdings del Perú S.A. en contra de la Municipalidad Provincial de Lima, por el cobro de la Licencia de Anuncios y Publicidad creada mediante Edicto No. 179-93-MLM.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 049-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Cervecería Backus y Johnston S.A. en contra de la Municipalidad de Lima Metropolitana, por el cobro de Licencia de Anuncios y Publicidad, creada mediante Edicto No. 179-93-MLM, modificado por Edicto No. 213-95-MLM.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 050-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la empresa Baúl de la Felicidad S.A. en contra de la Municipalidad de Lima Metropolitana, por el cobro de Licencia de Anuncios y Publicidad, creada mediante Edicto No. 179-93-MLM, modificado por Edicto No. 213-95-MLM.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 051-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por Panificadora "Alfonso Ugarte" S.A. en contra de la Municipalidad de Lima Metropolitana, por el cobro de Licencia de Anuncios y Publicidad creada mediante Edicto No. 179-93-MLM.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 052-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Cervecería Backus y Johnson S.A. en contra de la Municipalidad de Breña por el cobro de la Licencia de Anuncios y Publicidad creada mediante Edicto No. 179-93-MLM, modificado por Edicto No. 213-95-MLM.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 053-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Sociedad Mercantil e Inversiones S.A. (SOMERISA) en contra de la Municipalidad Provincial de Tumbes, por el cobro de la Licencia de Anuncios y Publicidad.
  • Declaró fundada la denuncia.

    Resolución 054-95-CLC.

  • Investigación iniciada de oficio contra la Municipalidad de Breña por presuntas violaciones al Decreto Legislativo No. 776. en el cobro de la Licencia de Anuncios y Publicidad.
  • Declaró fundada la investigación iniciada de oficio. Resolución 055-95-CLC.
  • Denuncia interpuesta por la Empresa Freno Servicio El Jet S.A. en contra de la Municipalidad de Surquillo, por el cobro de la Licencia de Anuncios y Publicidad.
  • Declaró fundada la denuncia

    Resolución 056-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por los señores Mario Canales y Eduardo Clériga Sarmiento contra la Empresa de Transportes Castro Fuentes S.A. (KEJVIDSA), la Secretaría Municipal de Transporte Urbano de la Municipalidad de Lima Metropolitana, Ivonne Fuentes Zárate, Doris Fuentes de Castro y Víctor Castro Ruiz; por presunto abuso de posición de dominio.
  • Declaró infundada la denuncia.

    Resolución 057-95-CLC.

  • Denuncia interpuesta por la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC) en contra de la empresa Los Portales S.A. y la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A. (CORPAC), por presunto abuso de posición de dominio en cuanto a la administración de la playa de estacionamiento del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.
  • Declaró fundada la denuncia.

B. Fusiones y Concentraciones Económicas

La Secretaría Técnica elaboró el proyecto de reglamento de control de concentraciones en el sector eléctrico conforme lo dispone el D.S. No 27-95-ITINCI. Esta labor se realizó conjuntamente con los asesores del Area de Estudios Económicos del Indecopi y con los asesores del Ministerio de Energía y Minas.

A la fecha, el proyecto elaborado aún no ha sido aprobado. Este aspecto es fundamental en lo que a esta materia se refiere debido a que dicho reglamento deberá sentar las bases para la intervención de la Comisión en la regulación de concentraciones en el sector eléctrico. Sin la norma referida se carece del marco legal apropiado (definición de concentraciones, sistema de notificaciones previas, sanciones, etc.) para ejercer tal atribución.

Por ello, no se ha realizado ninguna acción relativa a control de concentraciones económicas dentro del único ámbito en que es posible ejercerlo, de acuerdo a lo mencionado anteriormente

III. Asuntos Regulatorios y de Política Comercial

Al margen de las labores propias de monitoreo de mercado, investigaciones y resolución de procedimientos, se sostuvieron reuniones con las autoridades encargadas de las privatizaciones de una serie de empresas del Estado.

En efecto, la intervención y coordinación con la Comisión de Privatizaciones -- COPRI y Comités Especiales de Privatización - CEPRIS, tenían como finalidad incluir en la agenda de las privatizaciones y términos de las negociaciones, los mecanismos adecuados para evitar prácticas restrictivas de la libre competencia.

Particularmente, se participó en las privatizaciones de Empresa de la Sal - Emsal y Hierro Perú, empresas estatales cuyo procesos de privatizaciones han concluido.

IV. Asuntos Internacionales

Dentro del presente rubro, una de las principales ha sido la preocupación constante en la capacitación tanto a los miembros de la Comisión de Libre Competencia, como de la Secretaría Técnica, la misma que se ha visto materializada en visitas a organismos extranjeros encargados del cumplimiento de las normas sobre competencia. Allí se pudo tener contacto con la organización y funcionamiento de dichos organismos, experiencia que se utiliza como referente para nuestra realidad. Las visitas de capacitación y representación de la Comisión realizadas son los siguientes:

  • Pasantía en Washington del 8 al 19 de mayo de 1995. Visita al Federal Trade Commission y al Department of Justice, temas relacionados a la protección de la libre competencia. Dra. Carmen de Piérola Caravedo, Secretaria Técnica de la Comisión de Libre Competencia.

  • Visita a la Procuraduría Federal del Consumidor-PROFECO de México, del 22 al 26 de mayo de 1995. Dra. Carmen de Piérola Caravedo, Secretaria Técnica de la Comisión de Libre Competencia

  • Visita a la Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia de Venezuela, 23 y 24 de octubre de 1995. Dr. Alejandro Alfageme Rodríguez Larraín, Presidente de la Comisión de Libre Competencia.

  • I Encuentro de Autoridades de Competencia de España y América Latina realizado en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 4 al 7 de diciembre de 1995. Dr. César Guzmán-Barrón, Miembro de la Comisión de Libre Competencia, y Joselyn Olaechea Flores, Secretaria Técnica (e) de la Comisión de Libre Competencia.
La capacitación del personal de la Secretaría Técnica también se ha visto focalizada a través del intercambio de información con organismos extranjeros reguladores de la libre competencia, sobre todo por medio de consultas de casos concretos. Algunos de los organismos consultados fueron las Superintendencias de Venezuela y Colombia, la Comisión Federal de Competencia de México, la Federal Trade Commission y el Department of Justice de EE.UU., el Servicio de Defensa de la Competencia y el Tribunal de Defensa de la Competencia de España y el Bundeskartellam en Alemania.

Por otra parte y en este mismo sentido, se mantuvieron conversaciones con la División de Competencia de la Unión Europea a efectos de llevar adelante un Proyecto de Cooperación Económica y de formación en Materia de Competencia.

Dicho Proyecto tiene como objetivo general el desarrollo de las reglas de competencia y su efectiva aplicación como un instrumento de apoyo de las reformas económicas y de mejoras de las economías de América Latina Asimismo se incluyen pasantías en las oficinas de competencia de algunos países miembros de la Unión Europea, visitas de expertos a nuestro país, organización de seminarios internacionales, etc.

 
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