Área de Libre Comercio de las Américas - ALCA

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Público
FTAA.soc/civ/23
3 de mayo de 2002

Original: Inglés
Traducción: Secretaría ALCA

ALCA - COMITÉ DE REPRESENTANTES GUBERNAMENTALES SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE
LA SOCIEDAD CIVIL

APORTE EN RESPUESTA A LA INVITACION PUBLICA Y CONTINUA


Nombre (s) Shantal Munro-Knight y Christopher Sinckler
Organización (es) Centro de Desarrollo de Políticas del Caribe (ONG)
Grupo de Referencia del Caribe sobre Asuntos Externos (CRG)
País Barbados

Reconocimiento de las circunstancias especiales
de los miembros pequeños y vulnerables del ALCA

“Es necesario reconocer que las vulnerabilidades particulares de los países pequeños justifican que se les concedan consideraciones especiales para que puedan enfrentar cuestiones cruciales para la transformación de sus economías, incluida la extensión de los períodos de transición, conforme continúa el proceso global de apertura comercial y eliminación de los regímenes de protección especiales.” Estudio del Grupo de Trabajo del Commonwealth sobre Economías Pequeñas y Vulnerables 2000.

Existen diferencias fundamentales en los niveles de desarrollo y en el tamaño de las economías de los distintos países de las Américas, desde la economía altamente industrializada de Estados Unidos, pasando por los grandes países en desarrollo de ingresos medios del Sur, y hasta las pequeñas economías subdesarrolladas del Caribe Oriental. Los lineamientos del ALCA sugieren en teoría que en el proceso de negociación se reconocerán y tomarán en cuenta estas amplias disparidades.

No obstante, dentro de las negociaciones actuales, las recomendaciones relativas a la disposición de trato especial y diferenciado para las economías pequeñas y vulnerables siguen entrecorchetadas y se consideran extremadamente polémicas en las negociaciones en curso. Esto sugiere que la implementación del principio clave que se ha manifestado con respecto a prestar “especial atención a las necesidades de las economías más pequeñas” está en riesgo de no lograrse.

El estudio del Grupo de Trabajo del Commonwealth del Banco Mundial sobre Economías más Pequeñas señala que factores como la lejanía y el aislamiento, la volatilidad del ingreso, la apertura, la diversificación limitada, la susceptibilidad a los desastres naturales y a los cambios ambientales, la pobreza, el acceso restringido al capital externo y la capacidad institucional reducida, hacen casi imposible que las economías pequeñas y vulnerables compitan eficientemente en el sistema de comercio internacional. El Grupo de Referencia del Caribe sobre Asuntos Externos (CRG) considera que las negociaciones del ALCA deben adoptar la definición de este estudio para clasificar adecuadamente a los países que se designarían como pequeños y vulnerables y acreedores al trato especial y diferenciado.

Dentro de este contexto, es necesario que los negociadores lleguen muy pronto a la conclusión de que los privilegios de trato especial y diferenciado para las economías pequeñas no son “dádivas” que se han de conceder a regañadientes, sino necesidades que deben otorgarse para garantizar la supervivencia de estos países. Si todos los países del ALCA, tanto grandes como pequeños, se han de beneficiar por igual, el proceso debe ofrecer concesiones funcionales y significativas. Un acuerdo totalmente recíproco entre socios desiguales no es ni realista ni sostenible.

En particular los países de la CARICOM enfrentarán numerosos desafíos conforme asimilan la naturaleza acelerada e integral de la apertura comercial. Entre estos desafíos se incluirá el desmantelamiento de los tradicionales acuerdos preferenciales y no recíprocos respecto a productos de importancia crítica para la región, la limitada capacidad de sus recursos y un sector privado autóctono subdesarrollado, situaciones que sólo se verán exacerbadas por un sistema que no reconoce las vulnerabilidades particulares de las pequeñas economías abiertas. Es por ello que deben tomar medidas para enfrentar las dificultades y costos relacionados con el ajuste en las esferas tanto social como económica.

Asimismo, dentro de las negociaciones mismas del ALCA, el CRG se da cuenta de las dificultades que enfrentan los negociadores de la CARICOM para mantenerse al ritmo de las negociaciones. A pesar de que negocian como grupo y comparten recursos, los países de la CARICOM no cuentan con recursos financieros y humanos suficientes para cubrir todas las actividades de los diversos grupos de negociación. Estas dificultades aumentarán conforme se aceleren las negociaciones del ALCA para cumplir con la fecha límite establecida para su terminación y aumente el número de reuniones. Esto indica que se requiere asistencia específica, técnica y de otra índole, para asegurar que estos países puedan participar eficazmente en las negociaciones.

Se observa también que los países pequeños tienden a depender más que los grandes de los impuestos sobre las importaciones para sus ingresos fiscales. El alto volumen de comercio exterior permite tener una base impositiva convenientemente amplia. La reducción del promedio de aranceles sobre importaciones como parte de una apertura comercial general puede conducir entonces a una caída en los ingresos fiscales que no siempre es fácil compensar a corto plazo. Dentro de este marco, las economías más pequeñas del ALCA tendrán que contar con un trato especial y diferenciado en lo que toca a la eliminación y reducción de los aranceles, en forma de exenciones y enfoques graduales y flexibles. Se recomienda, por ende, que dicho trato especial y diferenciado se clasifique de la siguiente manera.

  • No delicadas - Industrias que tienen el potencial de ser competitivas. La reducción arancelaria se introduciría a un ritmo desacelerado para darles tiempo a estas industrias de adaptarse al aumento en la competencia.
     

  • Delicadas - Industrias subdesarrolladas pero que tienen el potencial de convertirse en generadoras significativas de dinero y que emplean o son fuente de empleo para un número significativo de personas. La reducción arancelaria se introduciría a lo largo de un período de 15 años, con opción de solicitar una extensión. La reducción arancelaria se llevaría a cabo por fases a lo largo de cierto período.
     

  • Muy delicadas - Las industrias muy delicadas, cruciales para la economía con respecto al empleo y a la contribución al PIB, quedarían exentas de otras reducciones arancelarias, particularmente en circunstancias en que se ha llevado ya a cabo una apertura substancial.

  • Asimismo, los países designados como Países Pobres Muy Endeudados o Países Menos Adelantados según el sistema de clasificación del Banco Mundial y el FMI deben estar totalmente exentos de reciprocidad dentro del Acuerdo durante un período no menor de 15 años. Después de este período se llevará a cabo una revisión para evaluar su capacidad de aplicar los compromisos sobre reciprocidad.

    El CRG sabe también que actualmente dentro de las discusiones del ALCA sobre este tema se ha planteado que los privilegios de trato especial y diferenciado se apliquen según cada caso individual y no a un grupo de países. El CRG considera esta postura extremadamente peligrosa e infundada. ¿Por qué países como los de la CARICOM, incluido Haití, con limitaciones sociales y económicas similares, no habrían de recibir todos las mismas consideraciones? ¿Quién decidirá cuáles países cubren los criterios? ¿Se dejará la decisión a unos cuantos privilegiados? ¿Es Grenada menos vulnerable que San Vicente o Guyana o incluso Barbados, con su alta dependencia del turismo?

    El CRG cree que las disposiciones sobre trato especial y diferenciado para las economías pequeñas y vulnerables deberán estar arraigadas en el Acuerdo como derecho de facto y que se les deben otorgar a un grupo o grupos de países que cumplan con los criterios acordados. Estos criterios deberán establecerse solamente después de haberse llevado a cabo investigaciones y análisis cuidadosos e imparciales, cuyos términos de referencia deberán ser acordados por todos los miembros.

    Por lo tanto, el CRG recomienda lo siguiente:

    ELIMINACIÓN ARANCELARIA

    • Con respecto a la eliminación arancelaria, el ALCA debe permitir que las economías pequeñas y vulnerables implementen un enfoque flexible que incluya exenciones y sistemas graduales para proteger a las industrias según se clasifican en este documento.

    1. No delicadas - Industrias que tienen el potencial de ser competitivas. La reducción arancelaria se introduciría a un ritmo desacelerado para darles tiempo a estas industrias de adaptarse al aumento en la competencia.

    2. Delicadas - Industrias subdesarrolladas pero que tienen el potencial de convertirse en generadoras significativas de dinero y que emplean o son fuente de empleo para un número significativo de personas. La reducción arancelaria se introduciría a lo largo de un período de 15 años, con opción de solicitar una extensión. La reducción arancelaria se llevaría a cabo por fases a lo largo de cierto período.

    3. Muy delicadas - Las industrias muy delicadas, cruciales para la economía con respecto al empleo y a la contribución al PIB, quedarían exentas de otras reducciones arancelarias, particularmente en circunstancias en que se ha llevado ya a cabo una apertura substancial.

    COMPRAS DEL SECTOR PÚBLICO

  • Los países pequeños y vulnerables deben estar exentos de las cláusulas de NMF y Trato Nacional que pongan en riesgo la capacidad del gobierno de prestar los servicios públicos esenciales y proteger el interés público. Lo mismo deberá aplicarse en los Acuerdos relacionados sobre Inversiones y Servicios.

  • Se debe permitir que las economías más pequeñas negocien exenciones de las reglas sobre Trato Nacional con respecto a ciertas entidades.

  • Se debe establecer un compromiso obligatorio para la prestación de asistencia y cooperación técnicas que permitan a las empresas de las economías más pequeñas participar en los procesos de licitación.

  • INVERSIÓN

  • Se debe permitir que las economías más pequeñas negocien exenciones del Trato Nacional para ciertas entidades. Deben además mantenerse las restricciones en los requisitos de desempeño para los inversionistas de las economías pequeñas durante un período de hasta diez años tras la entrada en vigor del Acuerdo.

  • BARRERAS NO ARANCELARIAS

  • En relación con las barreras no arancelarias, los Acuerdos del ALCA deberán establecer compromisos adicionales de los países desarrollados por encima de los convenidos en los Acuerdos de la OMC. Estos compromisos para la reducción de las barreras no arancelarias de los países desarrollados deberán basarse en un sistema de concentración al principio del Acuerdo, de tal manera que la parte proporcionalmente mayor se aplique dentro de los primeros cinco años del mismo.

  • REGLAS DE ORIGEN

  • Con respecto a las reglas de origen, el ALCA debe permitir que varios productores de las economías más pequeñas conjunten sus actividades de procesamiento para propósitos de la determinación del origen. Asimismo, se debe considerar la inclusión de disposiciones “de minimis” de manera que si el valor de los materiales no originarios es menor que cierto porcentaje del bien, se considere de todas maneras como originario en favor de las economías más pequeñas.

  • SALVAGUARDAS

    • Solamente se debe permitir a las economías pequeñas y vulnerables la aplicación de medidas de salvaguarda, lo que debe incluir que se permita a las economías más pequeñas aplicar una medida de salvaguarda de acuerdo con criterios específicos en contra de un producto importado sujeto anteriormente a dicha medida.

    CREACIÓN DE CAPACIDADES - ASISTENCIA TÉCNICA Y FINANCIERA

  • Los Acuerdos del ALCA deben incluir convenios obligatorios para la prestación de asistencia financiera y técnica, incluidas las transferencias de tecnología e investigación.

  • El Acuerdo del ALCA debe incluir disposiciones respecto a garantías y mecanismos de apoyo para cualquier país que se encuentre en una posición económica menos favorable como resultado directo de la apertura comercial. Estas garantías deben permitir que los países aumenten los aranceles e instauren medidas gubernamentales de protección durante cierto tiempo.

  • Se debe establecer un fondo hemisférico a través de instituciones regionales como el BID, la OEA y la CEPAL que preste asistencia técnica y financiera a los negociadores regionales a fin de garantizar su participación eficaz en las negociaciones. El fondo hemisférico también debe apoyar los esfuerzos de las pequeñas economías por reestructurar y reorientar a ciertas industrias particulares para aumentar su competitividad.

  • INSTITUCIONAL

  • La definición que se utilice para clasificar a los países como pequeñas economías se debe tomar del Estudio del Grupo de Trabajo del Commonwealth sobre Economías Pequeñas y Vulnerables (2000).

  • El trato especial y diferenciado deberá estar arraigado en el Acuerdo del ALCA como derecho de facto y se les debe otorgar a un grupo o grupos de países que cumplan con los criterios que se definan según el párrafo anterior.

  • A todos los países del ALCA designados como Países Pobres Muy Endeudados (PPME) según el actual sistema de clasificación del FMI y el Banco Mundial, así como a otros países altamente endeudados, se les deben otorgar acuerdos totalmente no recíprocos durante un lapso específico no menor de 15 años.

  • Las negociaciones del ALCA deben aplicar un enfoque de lista positiva de abajo arriba uniformemente.

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